Se incurre en pérdida del fraccionamiento otorgado al amparo del artículo 36º del Código Tributario, ¿cuando se incumple el pago del íntegro de dos cuotas consecutivas?
Se confirma la apelada, que declaró improcedente la reclamación contra resolución que declaró la pérdida del fraccionamiento otorgado al amparo del artículo 36º del Código Tributario, al haber incumplido el recurrente con el pago del íntegro de dos cuotas consecutivas, como lo establece el artículo 23º de la Resolución de Superintendencia Nº 171-2002/SUNAT.
Resolución del Tribunal Fiscal Nº 0266-5-2004
Fecha: 21/01/2004
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.