Mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR, publicado el día de hoy, miércoles 25 de abril de 2012, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha aprobado el Reglamento de la Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Entre los principales aspectos que el mencionado decreto regula se encuentran:
- La política, organización, planificación y aplicación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo;
- El reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo;
- Los derechos y obligaciones tanto de los empleadores como de los trabajadores;
- La notificación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales;
- La investigación de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos; entre otros.
Asimismo, dicha norma contiene un glosario de términos y la disposición derogatoria del Decreto Supremo N° 009-2005-TR, sus normas modificatorias, y la Resolución Ministerial N° 148-2007-TR. Para ver el texto de la norma, por favor, revisar el link de normas legales de su boletín empresarial diario.
Marco dice
Hola Miguel. Una pregunta si una empresa tiene 5 trabajadores esta no estaría obligada a contar de forma permanente con un médico ocupacional(RM 571-2014 MINSA) por ser el número de trabajadores menor a 500, pero si esta empresa realiza trabajo de alto riesgo estaría obligada a contratar al médico de forma permanente?
Miguel Maldonado Krebs dice
Si mi querido Julito.
Pro si no ponemos todo nuestro intelecto, (que es mucho), para hacer que cambie la forma como se diseñan los puestos de trabajo, la fabricación de equipos y maquinaria, sin que se tenga en cuenta a quien va a realizar el trabajo, (8 o 12 horas al día, durante años), recordándole que sabe más que nadie sobre su trabajo y que "TAMBIÉN SABE PENSARRRRR", y que su aporte es indispensable para su Salu, la Productividad, y sobre todo, su integración como parte esencial de la empresa y sus empresarios.
Miguel Maldonado Krebs dice
Si analizamos como PERUANOS PENSANTES Y CREADORES, lo que ya desde el 2005 nos planteaba el D.S. 009-2005-TR, confirmado por ley 29783 y “reajustado drásticamente” en su reglamento D.S. 005-2012-TR, y como dice Abelardo Garrido, “SE CUMPLA Y SE APLIQUE ADECUADAMENTE”, nuestro querido PERÚ dejará de ser , (lo que ciertos Grupúsculos Internacionales convenientemente nos califican), “PUEBLO IGNORANTE,…….., PAIS MANEJABE”.
Miguel Maldonado Krebs dice
Si analizamos como PERUANOS PENSANTES Y CREADORES, lo que ya desde el 2005 nos planteaba el D.S. 009-2005-TR, confirmado por ley 29783 y "reajustado drásticamente" en su reglamento D.S. 005-2012-TR, y como dice Abelardo Garrido, "SE CUMPLA Y SE APLIQUE ADECUADAMENTE", nuestro querido PERÚ dejará de ser , (lo que ciertos Grupúsculos Internacionales convenientemente nos califican), "PUEBLO IGNORANTE,…….., PAIS MANEJABE".
carmen jauregui dice
me parece muy bueno soy socia de una empresa en trabajos verticales con tecnicas y equipos traidos de España y la verdad que hace mucho que esperabamos esta ley…aqui en el Peru
Garrido Abelardo E dice
Esperemos se cumpla y se aplique correctamente