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El Ejecutivo evalúa incrementar la carga tributaria a los trabajadores

Publicado por Miguel Torres el 11 de mayo de 2012 4 comentarios

Fuentes del Gobierno revelaron que se aumentará el impuesto a los empleados que ganen más de mil soles y a los altos ejecutivos que perciban más 85 mil dólares anuales.

Se gravaría las rentas por trabajo que exceden las 70 UIT.

El Ejecutivo evalúa un proyecto para modificar el Impuesto a la Renta (IR). El objetivo sería reducir el monto deducible anual de 7 UIT (S/. 25 mil) a 4 UIT (S/.14 mil), con lo cual quedarían gravados con el IR los trabajadores con ingresos desde S/. 1,000 mensuales, con una tasa desde 5%, hasta ingresos de S/. 10 mil anuales.

Fuentes del Ejecutivo revelaron a Gestión que sobre el exceso de este ingreso se aplicaría la tasa de 15% hasta ingresos de S/. 109 mil anuales; 21% sobre el exceso y hasta ingresos de S/. 208 mil anuales; 30% sobre el exceso y hasta S/. 255 mil; y finalmente la nueva tasa de 35% sobre el exceso (ver cuadro).

Esta modificación, de concretarse, implicaría gravar rentas por trabajo que exceden las 70 UIT (S/255 mil) que empezarán a pagar por ese exceso una tasa de 35% que antes no existía.

En el pedido del Ejecutivo de facultades delegadas para la reforma tributaria , se señalaba que no se crearán nuevos impuestos, lo que deja abierta la posibilidad de aumentar tasas.

Lo vigente

El impuesto a la Renta (IR) grava a las rentas que se originan en el trabajo de las personas de manera independiente (servicios por recibo por honorarios) -rentas de 4ta. categoría- o de manera dependiente (en la planilla del empleador) -rentas de 5ta. categoría-.

La Sunat advirtió este año que de 3.99 millones de personas empleadas formales; 3.5 millones son trabajadores dependientes (los demás son independientes). Y sin embargo, en el primer grupo más del 85% reciben una remuneración inferior a los S/. 1,825.00 mensuales, por lo que no están afectos al pago del IR (Gestión 07.02.2012).

Hoy se determina el pago del IR aplicando una deducción anual de 7 UIT ; sobre el exceso se aplica la tasa de 15% hasta ingresos S/. 98 mil anuales; 21% se aplica sobre el nuevo exceso y hasta S/. 197 mil anuales; y finalmente 30% sobre el exceso del último monto.

Por ello, sí actualmente un trabajador tuviera ingresos de S/. 1,825 mensuales, no se le carga con el IR pues estará dentro del rango del monto deducible anual al ganar menos del tope de S/. 25 mil anuales (7 UIT).

Diario Gestión (11.05.2012)

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4 comentarios

  1. Alvaro Vasquez dice

    14 de mayo de 2012 a las 5:39 am

    mas plata para los congresistas

    Responder
  2. María Montoya Vera dice

    12 de mayo de 2012 a las 6:25 pm

    Tienen que preocuparse en legislar con justicia también, porque todos no podemos caer en el mismo saco de pagar la misma cantidad de impuestos, tiene que haber impuesto a la renta diferenciado para determinados casos, por ejemplo yo para poder trabajar tengo que pagar a dos enfermeras para que cuiden a mi hija mayor que tiene discapacidad severa, y el sueldo de ellas sale de mi propio sueldo, yo al dar trabajo contribuyo al desarrollo de mi país, pero sin embargo el Estado no me exonera en ningún impuesto, y tampoco contribuye en nada para las personas con discapacidad severa que no pueden valerse por si mismas, entonces como ellos podrían desarrollarse? hay miles de casos similares o acaso esperan que los padres y cuidadores tomemos las carreteras para que así nos hagan caso?

    Responder
  3. GUILLERMO DE LA PIEDRA dice

    11 de mayo de 2012 a las 3:34 pm

    Y asi dicen que gobernar es dificil

    Responder
  4. Marysabell Salazar F dice

    11 de mayo de 2012 a las 7:21 pm

    el colmo de los colmos, este gobierno ya no saben como sacarnos mas plata.

    Responder

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