Exigen a empresas mayor rigor al elaborar mensajes publicitarios
Para evitar falsas expectativas en usuarios al adquirir mercancías
La Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi estableció los criterios de interpretación de la publicidad en el mercado de parte del consumidor, a fin de evitar que se desvíen indebidamente las preferencias de los consumidores ante las falsas expectativas que puedan generarse sobre las condiciones del servicio anunciado.
En efecto, mediante la Res. Nº 465-2012/SC1-Indecopi, el colegiado establece que la metodología para evaluar si determinada información contenida en un anuncio publicitario infringe el principio de veracidad o no, consta de dos pasos.
Primero, establecer a partir de una apreciación integral y superficial del anuncio publicitario en qué consiste el contenido del mensaje que reciben los consumidores.
El segundo, que una vez delimitado el mensaje, este deberá ser corroborado con la realidad y, si existe alguna discordancia, podrá concluirse que el anuncio publicitario es falso o induce a error, y consecuentemente, infringe el principio de veracidad, de acuerdo con el artículo 21 del D. Leg. 1044.
En ese contexto, añade que el examen superficial del mensaje publicitario es aquel que realiza el consumidor atendiendo la comunicación en su conjunto. Así, la interpretación de la publicidad depende de todos los elementos, sonidos, figuras y referencias que se complementan en el anuncio, de acuerdo con el principio de indivisibilidad por el cual no es posible romper la unidad de la pieza publicitaria al efectuar su interpretación.
Para la sala, además, quien atribuye el significado de un anuncio es el consumidor y no el anunciante, por lo que la intención de este último será irrelevante para delimitar el mensaje publicitario.
De tal manera, al ser el consumidor quien, en su condición de destinatario e intérprete de la publicidad, define desde sus propios parámetros y experiencia el mensaje publicitario, resulta importante delimitar el contexto del mercado en el cual el consumidor se inserta, a efectos de tener una mejor aproximación a lo que este entiende de forma más natural, refiere el experto José Yataco Arias.
Significado
La interpretación de los anuncios se basa en el significado usual que un consumidor le atribuye a las diversas imágenes y frases que figuran en un anuncio. Y este significado, en la generalidad de las veces, está influenciado por las prácticas y comportamiento común del mercado de productos o servicios en que el consumidor interactúa, ya que en función de su experiencia previa el consumidor forma sus expectativas.
El Indecopi agrega que la interpretación del anuncio debe atender al contexto del mercado y la experiencia previa del usuario.
Diario El Peruano (14/07/2012)
leonarda avila dice
Yo he tomado la oferta que telefonica anuncio x mucho tiempo, el duo telef. con control de llamas y internet, por dos meses 69 soles y el tercer mes pagao 116, pero en el primer mes que tengo el duo mi recibo es 106, el segundo 69 y el tercero 116, y donde esta la oferta pago dos meses 69???,
Estas ofertas no tienen explicacion, es mas si yo tengo un pago puntual de 34 soles solo telef. porque el primer mes que tengo internet me suben 9 soles mas, eso no me dijieron el dia que firme el contrato.
Bernabé Caro dice
Esta precisión de INDECOPI era necesaria, igual debe normarse las noticias engañosas de los diarios como EL SOL, que solo juega con las espectativas de los pensionistas, a diario se leen noticias de reintegros para los de la 19990 ó 20530, y nada de esto es cierto, por favor, que se ponga un freno a estos sensacionalistas.
Igualmente los famosos sorteos o promociones con premios por sorteos, los rsultados nadie los conoce. debe obligarse a comunicarlos a INDECOPI y éste debe publicarlos en su página web, así todos sabriamos con exactitud, QUIENES Y QUE GANARON. Y esto también va para la SUNAT.
Ya es tiempo que la publicidad diga la verdad y nadie debe ser engañado.