El Tribunal Constitucional (TC) declaró la desnaturalización de las modalidades formativas si el beneficiario reemplaza a personal permanente de la empresa, mediante la sentencia recaída en el Expediente Nº 05247-2011-PA.
Este organimo constitucional, de esa forma, determinó la desnaturalización del vínculo contractual entre una practicante profesional y la empresa donde realizaba sus prácticas debido a que la primera reemplazaba en sus funciones a trabajadores de la empresa durante vacaciones y otros motivos.
Así, para los magistrados de este colegiado, en el expediente se ha acreditado que la actora reemplazaba a personal permanente de la sociedad demandada, ya sea por vacaciones de los trabajadores u otros motivos, desnaturalizándose, por ende, esta modalidad formativa que busca consolidar los aprendizajes adquiridos a lo largo de la formación profesional y ejercitarse en su desempeño, anota un informe laboral del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano.
Diario Peruano (18/08/2012)
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