Claridad. Servicios de notarios
Tribunal del Indecopi aclara las obligaciones de estos profesionales
Se busca proporcionar información de fácil acceso a los consumidores
Protección. Aseguran información relevante a usuarios de estos servicios.
Los notarios tienen el deber de tener una lista de precios de fácil acceso para los consumidores, pero solo respecto de aquellos servicios que son los más demandados, como la expedición de copias certificadas, legalizaciones y envío de cartas notariales, a partir de los cuales puede elaborarse una lista de precios predeterminada.
Así lo estableció la Sala de Defensa de la Competencia N° 2 del Tribunal del Indecopi, mediante la Resolución N° 0872-2012/SC2-Indecopi. En ella se agrega que estas listas tienen por finalidad que el consumidor cuente con toda la información relevante para adoptar una decisión de consumo eficiente, en el marco de las normas de protección al consumidor.
Por ello, están expresadas en términos neutros o meramente descriptivos, sin valoraciones o apreciaciones sobre las características o beneficios que la situación informada aporte al producto, es decir, sin el fin de promover, de manera directa o indirecta, la adquisición del bien o servicio, anotó José Yataco Arias, experto en derecho empresarial.
De acuerdo con el Indecopi, el profesional del notariado ejerce en forma privada una función encomendada por el Estado y cobra un precio por dicho servicio, actuando como un agente en el mercado y compitiendo frente a otros notarios por lograr la preferencia de los consumidores y fijando sus precios según la oferta y la demanda.
Diario El Peruano (13.09.2012)
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