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Inicio » Normatividad » Deducción de las pérdidas extraordinarias

Deducción de las pérdidas extraordinarias

Publicado por Miguel Torres el 17 de julio de 2010 Deja un comentario

Para la deducción de las pérdidas extraordinarias ¿cuándo resulta inútil ejercitar las acciones judiciales?

“La resolución del Ministerio Público que dispone el archivamiento provisional de la investigación preliminar por falta de identificación del presunto autor del delito, acredita que es inútil ejercitar la citada acción en forma indefinida, mientras no se produzca dicha identificación”

Resolución del Tribunal Fiscal Nº 03786-4-2007
Fecha: 25 de abril de 2007

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