Sin desconocer el derecho de huelga de los trabajadores, el Tribunal Constitucional (TC) ha dado un paso muy importante, al establecer que el arbitraje potestativo tendrá prioridad absoluta para la solución pacifica de los conflictos laborales, sean estos por condiciones de trabajo o de carácter salarial, afirmó el laboralista Luis Arbulú Alva.
Fue al referirse a la sentencia del colegiado recaída en el Exp. Nº 03561-2009-AA, que declara inaplicable la segunda oración del primer párrafo del artículo 45 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, que dispone que “a falta de acuerdo, la negociación se llevará a nivel de empresa”.
En su lugar, el TC precisa que a falta de acuerdo para decidir el nivel de negociación, éste deberá ser determinado mediante el arbitraje, sin que exista previa declaración de huelga.
“Eso significa que una vez concluidas las etapas de trato directo y juntas de conciliación, cualquiera puede solicitar la ejecución de un arbitraje, a lo cual la otra parte, sea la empresa o el sindicato, deberá someterse”, explicó Arbulú.
En el marco de las relaciones colectivas de trabajo, anotó, la decisión del máximo organismo constitucional abre un camino para la solución pacifica de los conflictos laborales, evitando perdidas de horas hombre que afectan tanto el desarrollo de las empresas como el de los propios trabajadores.
Tener presente
De acuerdo con el tribunal, el arbitraje al que hace alusión el artículo 61 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo es potestativo, es decir, que ante la falta de acuerdo sobre el nivel de negociación y manifestada la voluntad de una de las partes de acudir arbitraje, la otra tiene la obligación de aceptar esta fórmula.
Diario Oficial El Peruano (19.07.2010), Sección Derecho, Pág. 14
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