Mediante Resolución de Superintendencia Nº 022-2013/SUNAT publicada hoy, jueves 24 de enero de 2013, la Administración Tributaria ha considerado conveniente incluir a la venta de inmuebles gravada con el IGV dentro del Sistema de Detracciones, ello considerando que ha determinado indicadores de incumplimiento tributario en los contribuyentes que desarrollan esa actividad.
Cabe mencionar que la aplicación del Sistema de Detracciones a esta actividad se producirá a partir del primer día hábil de febrero de 2013, siendo de aplicación a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de dicha fecha.
Resolución N° 022-2013/SUNAT
Miguel Torres dice
La tasa es el 4%
Jackeline Canchari dice
MUY BUENO
Ernest Bond dice
Resolución N° 022-2013/SUNAT … te recomiendo que leas ,ellos solo informan ,en ti esta investigarr te adjunto la resolucion y el porcentake es el 4% sobre el monto de la operacion
MARLON dice
Y CUAL SERIA EL PORCENTAJE DE DETRACCION?? ALGUIEN ME PUEDE INDICAR?
Miguel Torres dice
El porcentaje seria 4%
Jesus dice
Exacto den la noticia completa
Richard Alexander García Lázaro dice
Y cual es la tasa a aplicarse y desde que monto?