Coadyuvaría a aplicar sanciones alternativas a la prisión, advierten
Recomiendan tomar en cuenta los pronunciamientos del TC
La reincorporación en la legislación nacional de las normas que regulaban la actuación de los jueces de ejecución penal, propusieron diversos penalistas.
A criterio del experto en la materia Julio Rodríguez, hace falta que existan estos magistrados porque la aplicación de las disposiciones relativas a la ejecución de las penas debe ser controlada efectivamente por los mismos jueces para que conozcan su real eficacia.
En su opinión, muchas veces la aplicación de esas disposiciones queda en manos de organismos distintos al órgano jurisdiccional y el juez entiende que, en ocasiones, esas directrices no cumplen su función, por lo que tiende a utilizarlas de manera muy escasa.
Además, indicó que estos magistrados deben existir para lograr no solo una real sanción integral, sino también la aplicación de aquellas medidas alternativas a la prisión que el Código de Ejecución Penal consagra.
Aunque también advierte la necesidad de modificar las normas que regulan esas medidas, como la prestación de servicios a la comunidad, para luego fomentarlas con el propósito de que los jueces las tomen en cuenta como posibles sanciones en determinados casos que sean puestos a su conocimiento.
Por ende, para restablecer en el ordenamiento jurídico nacional la existencia del juez de ejecución penal, Rodríguez plantea una reforma bastante integral del citado cuerpo legislativo de la mano de una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Tarea que, a su juicio, debe realizarse tomando en cuenta que en los códigos de ejecución penal modernos –como el español y alemán– la actuación de esa clase de jueces ha sido potenciada.
Sugiere, entonces, conformar una comisión de expertos que vaya más allá de una revisión normativa y apunte a recuperar la especialidad de ejecución penal en la judicatura.
Aspectos constitucionales
A juicio del también penalista Mario Amoretti, este grupo de trabajo debe estar integrado por especialistas en derecho penitenciario, que tienen que cumplir esa tarea considerando que el Tribunal Constitucional (TC) ha dictado sentencias discrepantes en cuanto al momento de la aplicación de los beneficios penitenciarios.
Además, sostuvo que conviene nombrar jueces de ejecución penal porque si bien se ha establecido que para los efectos del otorgamiento de esos beneficios la tramitación de estos debe estar a cargo del juez que conoció la causa, por los muchos cambios de jueces que hay, es difícil que el magistrado que la conoció tramite los beneficios que solicite quien fue sentenciado en ella.
El también vicedecano del Colegio de Abogados de Lima (CAL) recalcó que una comisión de expertos en derecho penitenciario debe elaborar un nuevo Código de Ejecución Penal.
Órganos especializados
El penalista Germán Small Arana considera innecesario crear una comisión revisora del Código de Ejecución Penal que tenga por finalidad reformarlo integralmente debido a que este no ha tenido mayores modificaciones y porque las que ha experimentado se efectuaron para incluir solo algunos temas, lo que lo convierte en un cuerpo legislativo sólido.
No obstante, se mostró partidario de la creación de un equipo de expertos que analice los aspectos que se pueden incluir en dicho cuerpo normativo para su mejor operatividad.
A su juicio, deben reincorporarse en ese código las normas que regulaban la labor de los jueces de ejecución penal y establecerse disposiciones sobre la actuación de fiscales en esa misma especialidad, para enfrentar en forma adecuada la actual problemática penitenciaria.
Considera que una de las razones por las que se suprimieron a los jueces de ejecución penal fue porque ellos querían trabajar en los locales de los juzgados de Lima, cuando deberían hacerlo directamente en las cárceles para velar por la ejecución de las penas y el respeto de los derechos de los internos.
Además, planteó la posterior instauración de una sala nacional de ejecución penal que pueda crear jurisprudencia sobre la materia.
Comisión permanente
En opinión del penalista Luis Lamas Puccio, conviene que exista en forma permanente una comisión de expertos que tenga como uno de sus principales objetivos evaluar las diferentes necesidades que surjan a consecuencia de una problemática tan compleja y dinámica como es la carcelaria.
A su juicio, un grupo así constituiría un foro de reflexión donde se podrían materializar iniciativas normativas tendientes a modificar diversos aspectos de la legislación nacional en función a los cambios que pudiera generar dicha problemática.
A su vez, advierte la necesidad de reincorporar en la judicatura la especialidad de ejecución penal, teniendo en cuenta que la permanencia de un órgano jurisdiccional dentro del sistema carcelario establece una relación directa con un problema que muchas veces está distanciado, como es el penitenciario.
Además, considera que un juez de ejecución penal tendría mayor capacidad expeditiva para resolver problemas de orden carcelario.
Diario El Peruano (24/02/2013)
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