Un contribuyente no declaro los ingresos de una factura en el mes de Enero, hemos subsanado voluntariamente, haciendo la rectificatoria pagando el impuesto a la renta por la diferencia y la respectiva multa en lo que se refiere al impuesto a la renta, y no así del I.G.V., por tener crédito fiscal. La Sunat nos ha notificado para que paguemos la multa en lo que se refiere al IGV.
Nuestra pregunta, es si se debe pagar la multa, así tenga crédito fiscal, teniendo en cuenta para este caso la multa debe ser sobre el tributo pagado, no se pagado impuesto a las ventas.
Respuesta
En el caso descrito si se configura la multa por tributo omitido de lGV o en su defecto por tomar un crédito indebido de IGV (Artículo 178º numeral 1 del Código Tributario), puesto que el cálculo de dicha multa para efecto del IGV se da en función al IMPUESTO CALCULADO y no en función al IMPUESTO POR PAGAR.
Veronica dice
He considerado una factura de gasto indebidamente en marzo 2015, por el importe de 370.00 nuevos soles, en ese periodo tuve crédito por percepciones y retenciones mas no por i.g.v. que debo de proceder hacer y que se debe pagar.
Miguel Torres dice
Si era un gasto indebido, se entiende que el crédito fiscal de esa factura no puedes usarlo, por lo tanto tendrías que reparar dicho crédito fiscal ocasionando una multa por crédito indebido, o conseguir una factura por el mismo importe.
Noemi dice
Hola buenos días en caso haya declarado compra duas como nacionales y omitido las percepciones tengo multa ala rectificar, ps en la declaración que ya hice me salió igv a pagar ahora tengo a favor… muchas gracias.
Miguel Torres dice
Si rectificas no tendrás multa, ya que no hay tributo omitido, ni crédito indebido.
Dominike dice
Hola, quisiera que me resuelvan una consulta por favor: en el mes de abril en mi declaración mensual en la casilla N° 168 Percepciones de períodos anteriores omití declarar un monto de S/. 80,000.00 QUE TENIA DE PERCEPCIONES ACUMULADAS tengo que rectificar el mes de abril, mayo, junio, julio o lo puedo colocar en el mes de agosto. Gracias
Miguel Torres dice
Tendrás que rectificar periodo por periodo.
Carmen Gómez Tovar dice
Con respecto al IGV – pdt 621, en el periodo tributario Mayo 2015 nos equivocamos de casillero en Abril teníamos un saldo de retenciones no aplicadas este debió aplicarse en Mayo 2015 en el casillero 176 pero por error aplicamos el casillero 168 Percepciones declaradas de periodos anteriores.
Hemos recibido una orden de pago y la resolución de ejecución coactiva donde nos exigen el pago del IGV dado que no contábamos con el crédito de percepciones.
Si aplicamos corriendo el error igual tengo crédito de retenciones no aplicadas ¿debo pagar una multa por el crédito indebido? Pero el error es del casillero? Favor de indicarme la solución.
Miguel Torres dice
Es correcto, tendrías multa por crédito indebido, pero puedes acceder a la gradualidad del 95%.
Marissa dice
Debo rectificar las declaraciones mensuales del 2015, al variar mi coeficiente.
Miguel Torres dice
Claro, pero desde Marzo hacia delante.
Marissa dice
Una consulta si no considere un préstamo de un tercero para la dj anual 2014 . al hacer la rectificatoria el coeficiente que resulta va ha variar con respecto a los meses de enero , feb., marzo y abril 2015 y me generara multa por pagar por declaración de datos falsos.
Miguel Torres dice
Recuerda que el coeficiente de la DJ Anual 2014 todavía se utiliza desde periodo marzo 2015.
Rossana dice
Hola Miguel
Mi declaracion anual 2012
Consigne datos que no corresponden en todo el balance general, ejemplo
Caja consigne 66234 y debio ser 8388,
Mercaderias 66062, debio ser 337 706
En el estado de ganancias y perdidas, se determino IR 2750 y debio ser 534 porque se consigno en la declaracion menos gastos que son los siguientes:
Ventas consigne 1 022 390 debio ser 1 022 391
GA cosnigne 22644 debio ser 2452
GV consigne 22644 debio ser 43168
GF consigne 12505 debio ser 19395
Quisiera saber si por haber consignado todos esos datos errados cuando de multa debo pagar, como te menciono con la rectificatoria no me saldria mas IR sino todo lo contrario,
Gracias por tu respuesta
Miguel Torres dice
En resumen si rectificas tu declaración jurada anual y obtienes menor impuesto, no hay multa ya que no hay tributo omitido.
ANGELICA dice
buenas tardes, mi compañero hizo una rectificatoria de 4ta cat. en dic-13 y no pago multa, pero ocurre q nuevamente tiene otra rectificatoria por realizar en 4ta. categoria en el pdt 621 por la suma de S/. 294.00 n.s., cuanto seria la multa y como se podria resolver y que pasaria sino se rectifica.
Gracias
Maria Regalado dice
MIRA MIGUEL: MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE SE USA UN VEHÍCULO PARA MOVILIZAR LAS MERCADERÍAS ES DE SEGUNDA, DEBÍ REGISTRARLO EN EL PDT RENTA ANUAL Y NO LO MENCIONE, PUEDO RECTIFICAR MI BALANCE Y AGREGARLO. ESO MODIFICA EN ALGO MIS RESULTADOS DEBO TAMBIÉN PONER EN EL LIBROS DE ACTIVOS Y REGISTRARLO EN LA 33 O SOLO LO REGISTRO COMO VEHÍCULO EN EL BALANCE, ESO ME ORIGINARIA MULTA CUANTO SERIA Y HABRÁ REBAJA, AGRADECERÉ TU AYUDA
Miguel Torres dice
Bueno tienes que analizar bien dicha transacción, si implica una compra que te olvidaste registrar, si puedes rectificar tu PDT ANUAL y registrar el activo. Multa habria si luego de la rectificacion habría tributo omitido.
CALEB SALAS dice
HOLA AMIGO UNA CONSULTA
POR RAZONES X ME TOCA RECTIFICAR LA RENTA ANUAL 2012
ME SALIO UN MONTO ADICIONAL A PAGAR
LO QUE TOCARIA PAGAR SERIA
1.-OMISION IR + INTERESES CODIGO 3081 (957 +96)S/. 1,053.00 INCLUIDO INTERESES
2.-MULTA POR PRESENTAR DJ EN FORMA INCOMPLETA CODIGO 6061/3081 S/. 185.00
3.-MULTA POR SEGUNDA RECTIFICATORIA( YA HABIA RECT. UNA VEZ) CODIGO 6071/3081 S/. 1,010
4.- DETERMINACION DE UN MAYOR IMPUESTO ( 95% DEL TRIBUTO A REGULARIZAR) CODIGO 6113/3081 S/. 48.00 (ESTARIA BIEN SI LA MULTA MINIMA DEBE SER 185)
FAVOR AMIGO DECIRME SI ESTA CORRECTO LA FORMAY LOS CODIGOS DE LA INFRACCION
Miguel Torres dice
Tenes en cuenta, si tu coeficiente vario, tendrías que rectificar todas tus declaraciones mensuales mensuales.
joni cruzado dice
me pase 02 minutos después de la fecha de vencimiento de un pdt 621,según tiempo de sistema sunat y me están cobrando multa de S/. 740 puedo reclamar aunque me pase 2 segundos.
Miguel Torres dice
No procederá tu reclamo, ya que es una fecha posterior a tu vencimiento, por ende tienes la multa.
MARISOL dice
hola mi pregunta en cuanto a la rebaja del 95% lo puedo aplicar para enero 2012
o es a partir de agosto 2012
Miguel Torres dice
Entro en vigencia a partir del 06/08.
sonia dice
buenas tarde sr MIGUEL TORRES, mi pregunta es… presente mi pdt 621 en cero y ahora quiero rectificar.. me gustaria saber como hallo la multa , si ahora mi tributo omitido de renta es de 305 soles.
Miguel Torres dice
La multa 50% del tributo omitido
ROBERT TUYA JARAMILLO dice
hola buen dia,, por fabor mi consulta es, en el periodo de julio declare por equivocacion 2000 soles de IGV a pagar,, puesto que la empresa esta exonerado del IR., Mi pregunta es que si puedo hacer la rectificatoria, puesto que el IGV realmente a pagar es 450 soles,, y cuanto seria la multa? muchas gracias por su respuesta
Miguel Torres dice
Si declaraste de mas, no hay multa, y si puedes hacer la rectificatoria, y ese pago indebido lo puedes usar para pagar impuestos futuros.
ROBERT TUYA JARAMILLO dice
buen dia,, mi pregunta es .. en el periodo de junio declare en cero, y el el periodo de julio hice la rectificatoria por ventas 10000 y compras 950 ,, cuanto es al multa para pagar
Miguel Torres dice
La multa es por tributo omitido, sera 50% por Renta y 50% IGV con una rebaja del 95%.
DAVID CHARLES dice
MUY BUENOS DIAS Sr. MIGUEL, AGRADECIENDO ANTICIPADAMENTE POR SU RESPUESTA, MI CONSULTA ES: DECLARE IGV DE VTAS 500 E IGV DE COMPRAS 700, AHORA EN LA RECTIFICATORIA VOY DECLARAR IGV DE VTAS LO MISMO OSEA 500 E IGV DE COMPRAS 800, HABRÁ MULTA QUE PAGAR?
Miguel Torres dice
No hay multa, ya que no hay tributo omitido.
Ronald Mendoza dice
He presentado mi PDT 621, omitiendo una factura de Ventas, correspondiente al período 02/2013, hemos subsanado voluntariamente, haciendo la rectificatoria pagando el impuesto a la renta por la diferencia, y tengo crédito a favor por el IGV.
Mi pregunta, es cuanto tengo que pagar de multa, así tenga crédito fiscal, ya que no tengo saldo por pagar, en IGV por estar arrastrando un crédito, pero sí hay una diferencia por pagar del Ipto a la Renta.
Miguel Torres dice
La multa seria el 50% del impuesto a la renta, con una gradualidad del 95%.
ronal dice
Estoy en el regimen Especial de Renta y no cumpli con declarar el pdt 621 quisiera saber cuanto es la multa teniendo en cuenta que la empresa esta declarando en cero por favor agradesco su respuesta
Miguel Torres dice
La multa es 50% de la UIT con una rebaja del 90%.
Darwing dice
Yo te recomiendo que des suspensión de actividades por dicho periodo, para que con ello no te encuentre obligado a declarar, y por consiguiente de evites pagar dicha multa
jessi dice
buenas quiero hacer una consulta, he declarado en el periodo marzo unas ventas mayores a las que fueron en realidad,cuanto seria la multa ya q e pagado demas igv y demas renta.
Miguel Torres dice
NO hay multa ya que no hay tributo omitido.
ANA ALEJOS dice
un amigo asistente c me dijo del monto mayor osea tengo por pagar igv del mes por 38,000.00 salfo a favor periodo anterior 52,000.00 mas 17,000.00 de credito por equivocacion (falso) a que monto aplico el 50% y por favor si me pudieras decir caunto es el monto de la multa soy trabajadora tengo k reponer yo la multa por k por error di un monto falso a mi contador.
muchas gracias por su respuestas
ANA ALEJOS dice
HOLA POR EQUIVOCACION UTILIZE UN CREDITO FISCAL DE 17,000.00 CUANTO SERIA MI MULTA COMO SE CALCULA DE LA DEL IMPORTE DE LA FACTURA DECLARADA O SOLO DE TRIBUTO DE IGV QUISIERA SABER CUANTO ME SALE A PAGAR LA MULTA
GRACIAS
Miguel Torres dice
La multa sería 50% del crédito indebido, con una gradualidad del 95%
LUIS VASQUEZ dice
Por favor, necesito me ayuden con los siguientes casos, se presento la DDJJ anual 682 con importes cero, pero en la fecha de vencimiento, ahora se va ha presentar la rectificatoria con los datos reales, ciules es la multa para esto, adicionalmente a esto, para marzo se volvio ha hacer lo mismo,teniendo ingresos y compras pero con credito fiscal, cuales son las sanciones para esto
Miguel Torres dice
La multa es 50% del tributo omitido, gradualidad del 95%
Brenda Ruiz dice
hola, buenas tardes
en el pdt renta anual se declaro el costo de ventas de menos por 25,000 aprox, y quiero rectificar el balance aumentandolo ….cuanto es la multa por esta rectificacion???..
se considera como declaracion de datos falsos????
gracias por tu respuesta
Miguel Torres dice
Hay multa por datos falsos, cuando hay tributo omitido, en tu caso al realzar dicha rectificacion tu impuesto de renta va a disminuir, por ende no habrá multa.
naty dice
hola mi cunsulta es la siguiente: en el mes de julio del 2012 no declare dos facturas de compras y hasta la fecha no las he considerado tampoco……. tego prsentar alguna rectificatoria y cuanti seria la multa por favor gracias….(estoy en el regimen especial)
Miguel Torres dice
No habría multa ya que no hay tributo omitido, mas bien tendrías mas crédito fiscal.
Chiki dice
Hola
Si hice una declaración anual pero sin el total completo de los recibos por honorarios que tuve en el 2012, y ahora los quiero incluir en una rectificacion, hay alguna sanción? Al no llegar al limite de los 30,000 soles me tramitaron una devolución… eso afecta en algo tambien?
Miguel Torres dice
Habra multa si hay tributo omitido.
fiorella dice
yo declare n cero l anual por las compras y ventas se perdieron y para presumir era fácil pero como s general lo rectificare la pregunta s la multa es para l impuesto o como xk la renta k pague x octubre y noviembre es de 11 soles
Miguel Torres dice
La multa sera por el tributo omitido a pagar, dependerá si tienes tributo por pagar al rectificar tu DJ Anual.
BRENDA RUIZ dice
HOLA A TODOS, QUIERO SABER SI HAY MULTA POR NO PRESENTAR BALANCE DE COMPROBACION EN EL PDT DE RENTA ANUAL, YA QUE LA EMPRESA SI ESTABA OBLIGADA A PRESENTAR BALANCE DE COMPROBACION….GRACIAS DE ANTEMANO POR LA AYUDA.
Carlos dice
Hola a todo, una consulta en el mes de Febrero del 2013 declare compras, consignando en el casillero del 19% de IGV; siendo la diferencia de S/ 600, si la multa es 50% del tributo omitido aplicando el regimen de gradualidad del 95% es de S/ 15.00 o tendria que ser el 5% de la UIT de S/ 185.00,
gracias
Carlos
Miguel Torres dice
En tu caso aplica la multa mínima.
BRENDA RUIZ dice
LA EMPRESA ESTA OBLIGADA A PRESENTAR PDT RENTA ANUAL + BALANCE DE COMPROBACION, PERO EN EL 2011 EL ANTERIOR CONTADOR NO LO HIZO, AHORA ME TOCA PRESENTAR EN EL 2012 RENTA ANUAL…QUIERO SABER CUAL ES LA MULTA POR NO PRESENTAR CON EL BALANCE DE COMPROBACION??..GRACIAS
OLGA dice
En el 2012 se inicaiaron las actividades de la empresa teniendo un prestamo de 60,000 nuevos soles por falta de orientacion contable en ese momento y no tenian tampoco una cuenta corriente fue entregado en efetivo de lo cual se gasto comprando los materiales de trabajo esto se cancelo recien en fines de diciembre 2012 con intereces estos intereces se declaro como gastos en el balance anual tendria alguna multa o observacion por no bancarizar el monto que prestamos al iniciar nuestras actividades que se podria hacer.mil gracias por la respuesta
Miguel Torres dice
Es correcto, dichos intereses no serian deducibles, ya que dicha operación no fue bancarizada.
ISA dice
Tengo unas facturas de compras que no fue declaradas en el mes de diciembre 2012 por un monto de 90,000 mil; no me fueron entragadas los fisicos a tiempo por falta del 1º pagos.recien los e cancelado en este mes ya que hay un contrato de cancelacion de tres meses, que me conviene o aconseja retificar.. pero como estoy biendo los comentarios tendria una multa del 50% y estaria en observacion ya que este monto es fuerte o las utiliso para deducir el impuesto a la renta para mi balance del 2012 ayudenme por favorrr..
RUTH dice
buenas…por presentar datos falsos por mas que tenga credito fiscal hay alguna multa por k kiero hacer la primera rectificatoria ventas declaradas 1000, venta real en factura 800 y compras declaradas 2000, compras real 1500 por ende tendria credito fiscal …lo que kiero saber es k pasa si no hago la rectificatoria habra alguna multa…bueno alguien me dijo k no lo haga, cuando ya me fiscalize la sunat por k la sunat me dara un plazo de 10 dias para hacer las correspondientes rectificatorias por faaa ayudenme a salir de dudas y sugerencias
mary dice
si quiero hacer la rectificacion del pdt 621 por segunda vez, pero son por adquisiciones no gravadas, habria multa? de cuanto es la multa?
Miguel Torres dice
Hay multa por rectificar por segunda vez, la multa es 30% de la UIT
yulisa dice
por presentar fuera de fecha si tengo en ventas 10551 y en compras 11297 cuanto es almulta que tengo que pagar
MARIA dice
mi consulta es la siguiente , quisiera saber si existe multa se declaro en el periodo tributario marzo facturas de ventas del mes de febrero , se tiene credito fiscal cual seria el procedimiento , se esta solicitando la devolucion de igv
MAURO dice
BUEN DIA, QUISIERA SABER CUANTO ES LA MULTA PORQUE DECLARE 0 VENTAS 0 COMPRAS TENIENDO EN REALIDAD 850 SOLES EN VENTAS Y 470 SOLES EN COMPRAS, GRACIAS
Miguel Torres dice
Tu multa sera 50% del tributo omitido en renta e IGV, con una gradualidad del 95%, recuerda que la multa mínima no puede ser menor a 5% UIT.
Rodrigo dice
Hola Miguel Torres, tengo el mismo problema que la señorita yessy, y la sunat me ah llamado diciendome que tengo que pagar la multa por el IGV cuando tengo credito fiscal en mi rectificatoria, me podrias decir cual es la base legal de tu sustento de pagar solo multa por renta mas no de igv?? gracias..
Miguel Torres dice
En tu caso quizás tuviste crédito indebido, las multas por datos falsos son en resumen por tributo omitido o crédito indebido.
Gloria Cerda dice
Muy buenas tardes, declaré facturas de Compras que no corresponden, por error. Debo devolver el IGV? y cómo?
Gracias por su respuesta .
Miguel Torres dice
Tienes que rectificar tu declaración y pagaras multa por crédito indebido.
Yessy dice
En mi declaracion del pdt 621 por error no declare un factura de venta por S/. 981 , tengo credito de IGV . que multas debo de pagar para realizar la rectificatoria de manera voluntaria
Miguel Torres dice
Solo pagaras multa por renta, sera el 50% del tributo omitido con un descuento por gradualidad del 95%.
jose valdelomar dice
y que pasa con la modificacion de la SUNAT con respecto al articulo 178 numerales 1, 4 y 5??
Exar dice
En mes de Agosto declare una factura de compras que no correspondía a mi empresa por 3,500.00 y realice mi pago de IGV y voy a rectificar mi PDT 621 cual seria mi multa.
Miguel Torres dice
Seria el 50% del crédito indebido.
Pamela dice
Buenos días! Tengo una consulta, mi declaración pasada (08/2012) fue en cero, pero me he dado cuenta que tengo 2 facturas por unas compras. Puedo rectificar dicha declaración? tendré alguna multa??
Slds
Miguel Torres dice
No rectifiques, solo considera esas dos facturas de compras para el periodo 09/2012.
Jesus dice
Buenos dias. tuve una carta inductiva de declaraciones que no coincidian en el 2011, las rectifique en mayo 2012, junto con declaraciones del 2012. me llego una multa por una de esas rectificaciones(06-2011) indicando que hubo mas de una rectificacion, fui a sunat y me dicen q no solo es una sino todas estaban mas de una vez rectificadas, y q tienen multas!!!, pero aun no me llegan mas resoluciones de esa multas.. Puedo acogerme a la gradualida en este caso sobre las deudas q no me han sido aun notificadas?? o alguna otra salida???.. Mil Gracias
Miguel Torres dice
La multa por segunda rectificación no tiene gradualidad.
Jesus dice
se podria ir pagando digamos 50 soles pora cada periodo-multa con el formulario pagos varios multa6071, para ir adelantando antes q me notifiquen, o es en vano hacer esto y se tiene q pagar totalmente cada multa.. gracias
Miguel Torres dice
Mejor podrías fraccionar la multa, y de esa manera pagar en cuotas, de lo contrario puedes hacer tu procedimiento, solo que si sunat te notifica te dará un plazo menor a pagar.
kenia dice
ayer era el ultimo dia de declaracion del terminal 7 entro ala once de la noche a declraar y me di con la sorpresa que habia un nuevo pdt era diferente y para colmo es mas dificultoso que antes y me pase de la hora llegue a terminar a las 1pm . no es justo…… este nuevo programa no pasa nada…
Miguel Torres dice
Tener en cuenta que ese PDT estaba disponible desde el 01/09, la multa en tu caso es 1 UIT, con un descuento de gradualidad del 90%.
anie dice
hola mi consulta es la siguiente ,quisiera sabr si existe multa ,lo que pasa es que en el periodo tributario julio se tomaron las facturas de ventas del mes de agostos.existe multa ya que no estoy evadiendo ningun impuesto.
Miguel Torres dice
No hay multa, al contrario hay un pago en exceso.
JESSICA dice
En el mes de mayo 2012 se declaro el pdt con un igv por pagar asimismo pago a cta de rta de 3era ctg por pagar, pero en ese mes se olvido declarar una factura de ventas asimismo algunas facturas de compras, por consiguinte sale un saldo a favor se va a generar la rectificatoria , mi pregunta es ¿tengo multa por ello? y si fuera asi ¿cuanto es?
Miguel Torres dice
Tienes multa por datos falsos, pagaras el 50% del tributo omitido, tanto para renta como para igv.
Miguel Torres dice
No dichas rectificación no genera multa, ya que no hay tributo omitido, ni crédito indebido, solo es casilla informativa
Javier Vasquez dice
hola amigos una consulta, en la declaracion del mes d mayo a travez del PLAME por error no se declaro la CTS correspondiente (Nov 11 – Abr 12). Lo cual incurre en hacer una rectificación, lo que deseo saber es que si dicha rectificación generaría un tipo de multa… y que pasos debo seguir… muchas gracias
Thae Delagui dice
en caso de que solicite devolucion de percepciones hasta el mes de febrero 2012 segui arrastrando el mes de marzo 2012 pago multa????
Miguel Torres dice
Si no consideras la percepciones en la declaración no hay multa por datos falsos.
Edgard Meza dice
como sera el caso si no considere percepciones en el pdt 621 ?
Ricardo dice
Tengo el siguiente problema, he encontrado una factura del 2010 que no he declardo y se hizo el balance sin tomar esa factura, puedo retificarla… y lo otro es que ha pasado lo mismo pero con 2 facturas pero en el 2011, puedo retificarlo, cuanto seria la multa… gracias espero sus respuestas ya que es muy importante.
Miguel Torres dice
Para efectos del impuesto a la renta, debe realizar las rectificaciones correspondientes, si al rectificar hay algun tributo omitido , tendrá que pagar una multa de 50% del tributo omitido ( numeral 1 artÍculo 178 del CT)
La multa no puede ser inferior al 5% de la UIT, de subsanarlo voluntariamente puede aplicar el régimen de incentivos con una rebaja de hasta el 90% de la multa, asi mismo debe pagar los intereses hasta la fecha de pago.
Miguel Torres dice
No puedes hacer eso, tienes que rectificar en el periodo que te olvidaste registrar la factura.
Arelita Timoteo dice
si me olvide de regisatr una venta en el periodo 2011 , lo puedo retificar en periodo 2012 .hay multa por la retificacion ? gracias por sus respuestas
Miguel Torres dice
Si hay crédito indebido, si hay multa.
Marcos Erly Santa Cruz dice
QUIERO SABER SI HAY MULTA POR RECTIFICAR COMPRAS DE UN CONTRIBUYENTE DE REG. GENERAL
RAUL FERREYRA dice
Estimados: Me llego una carta inductiva de la SUNAT donde nos indican que voluntariamente regularizemos la multa por dar cifras falsas en la dj del Imp a la renta de Ene y feb 2011 .
En este caso el monto de la rebaja es 90% o 70%.
Gracias anticipadas por su respuesta
Miguel Torres dice
Para ese caso ya es 70%, se utiliza 90% cuando es con voluntad propia sin haber sido notificados.
vacelina porelorto dice
tambien es del 90% , ahora en la actualidad 95% si es una carta inductiva por lo que tienes que realizar tu descargo por mesa de partes y adjuntas tus pagos de impuestos y multas mas intereses
Miguel Torres dice
En ese caso no hay multa
Pilar Llaiqui Oviedo dice
HOLA EN EL MES DE DICIEMBRE SE DECLARO PDT 601, PERO NO SE CONSIDERO GRATIFICACIONES AL CONTRARIO COMO SE HIZO UN COPI DEL MES NOVIEMBRE SE CONSIDERO CTS, LA PREGUNTA ES SI GENERA MULTA HACER LA RECTIFICATORIA CONSIDERANDO LAS GRATIFICACIONES YA QUE LOS TRIBUTOS POR PAGAR NO VARIARAN COMO LAS GRATIFICACIONES ESTÁN EXONERADOS DE IMPUESTOS Y SALDRÁ EL MISMO IMPORTE QUE SE PAGO
GABRIELA dice
BUENOS DÍAS, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, TENGO ENTENDIDO QUE LAS MULTAS POR DECLARAR DATOS FALSOS SON EL 50% DEL TRIBUTO OMITIDO, Y QUE HABÍA UNA REBAJA DEL 90% SI SE RECTIFICABA Y PAGABA ANTES DE QUE TE NOTIFICARAN. PUES BIEN POR EL MES DE DICIEMBRE DEL 2011 MI CONTADOR ME DIJO QUE LAS REBAJAS DEL 90% YA NO EXISTIAN PORQUE HABÍAN MODIFICATORIAS ETC ETC, QUISIERA SABER SI ES ESO CIERTO, AGRADESCO DE ANTEMANO SU AYUDA
SALUDOS
Miguel Torres dice
No es correcto, pídele la base legal siempre que alguien te mencione nuevas, modificaciones o derogatorias de normas.
CAROLINA dice
hubieron ventas que no se declararon por que la informacion no llego a tiempo el monto omitido son unos S/500.00 pertenezco a una mype. cuanto es la multa?
Miguel Torres dice
La multa es el 50% del tributo omitido.
fernando dice
cuanto es la multa por no declarar pdt 621 regimen especial
Miguel Torres dice
La multa es 50% de la UIT (S/. 1,800), con una rebaja del 90% si lo pagas antes de cualquier notificacion.