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Atención empresas: Cinco requerimientos con mayor supervisión de la Sunat

Publicado por Miguel Torres el 26 de abril de 2013 Deja un comentario

La administración tributaria aumentó sus controles para: gastos sin sustento, adelantos del impuesto a la renta, costos de producción, mermas y desmedros, y operaciones entre firmas vinculadas.

Las empresas peruanas, para el 2013, se han visto obligadas a aumentar sus recursos para atender mayores exigencias de la Sunat, aseguró Moisés Villaverde, gerente senior de PricewaterhouseCoopers, quien detalló cinco materias:

1. Disposición indirecta de rentas

Las empresas disponen indirectamente de rentas cuando incurren en gastos que: benefician a los accionistas, son ajenos al negocio, o se sustentan en comprobantes de pago falsos, no fidedignos, o emitidos por sujetos no habidos o con baja definitiva de RUC.

“La administración está presumiendo que todos los gastos que no cumplen con los requisitos mínimos de información son dividendos pagados a los accionistas y deben pagar 4.1% del Impuesto a la Renta (IR). Pero muchos gastos sí se han efectuado y no beneficiaron a los dueños”, observó el gerente.

Las dietas o pagos extraordinarios de los directores de las empresas son deducibles en el cálculo del IR, aclaró, siempre que no excedan el 6% de la utilidad comercial.

2. Pagos a cuenta

La autoridad tributaria –comentó el especialista- está notificando a las empresas para que regularicen los pagos a cuenta, es decir, los adelantos mensuales del IR que son calculados como porcentaje de un coeficiente (equivalente al impuesto calculado entre los ingresos netos).

“El Programa de Declaración Telemática (PDT) determina automáticamente el IR por pagar. No debería aplicarse sanciones porque el sistema está induciéndote a error. La Sunat dio marcha atrás para el cobro de multas, pero no respecto a los intereses. No debería cobrar ninguno”, señaló.

3. Costos de ventas

Villaverde advirtió que la administración está solicitando libros y registros contables para supervisar los pagos a los proveedores. “A partir del 2013 comenzó a requerir los comprobantes de pago. Antes se sustentaban solo las ventas, pero ahora también los costos de producción”, acotó.

4. Mermas y desmedros

Las mermas son las pérdidas de volumen, peso o cantidad de las existencias, que deben demostrarse con un informe técnico; mientras que el desmedro es de orden cualitativo, por ejemplo, cuando expiran las medicinas, y debe sustentarse con un acta de destrucción ante Notario Público o Juez de Paz.

5. Transacciones entre partes vinculadas

La administración tributaria está poniendo especial atención a operaciones las entre empresas vinculadas.

“Por ejemplo, suponiendo que existen dos firmas del mismo grupo empresarial, una con utilidades y otra con pérdidas. La primera puede girar un recibo a la segunda por una transacción nunca realizada, reduciendo sus ganancias y los impuestos por pagar”, explicó Villaverde. La Sunat –añadió- no solo verifica los comprobantes de pago, sino la prestación efectiva de los servicios.

Dato:

Si se mantiene la estructura de ingresos y gastos, los pagos a cuenta deben sumar un monto similar al IR por pagar al final del ejercicio contable anual.

Diario Gestión (26/04/2013)

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