Necesariamente, ¿tengo que registrar en el registro de compras los recibos por honorarios, o solamente los declaramos en el PDT PLAME?
Respuesta
Bajo la connotación contable, el REGISTRO DE COMPRAS, es aquel registro donde se consignan los documentos de compras y gastos que la empresa asume. Para efectos Tributarios, el Registro de compras, contiene solo aquellos comprobantes que atribuyen el uso del Crédito fiscal, por ende, el R.H. se imputa en el REGISTRO DE COMPRAS, por su connotación contable; sin embargo, para efectos tributarios este documento no tiene incidencia, ya que no se informa en el PDT 621, sino en el PDT PLAME.
Muchas empresas llevan el Registro de Compras tributario, por ende aquellos documentos que no otorgan derecho a crédito fiscal, lo registran directamente en su LIBRO DIARIO; sin embargo, es un criterio de la empresa en evaluación a los recursos con los que cuenta.
Nora Gomez Cespedes dice
Aún en el tiempo, todos tus comentarios son excelentes, felicitaciones Miguel!!!!!!
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Rocio dice
Una consulta por favor… En una empresa de transporte, los peajes que se pagan otorgan crédito fiscal?? van anotados en el registro de compras??.. Gracias
Miguel Torres dice
Si es correcto, los peajes otorgan derecho al crédito fiscal.
Yani dice
Muy buena la ayuda ….
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día 🙂
Anabel dice
Hola. como registrar recibos por honorarios emitidos en dólar para el Pdt Plame. gracias
Miguel Torres dice
Lo pasas a tipo de cambio venta de la fecha de pago para anotarlos.
Andy Guerra dice
MIguel buenos días espero que me respondas lo mas pronto posible te agradeceré.
Mi consulta es con respecto al pago de los impuestos municipales si se anota en el registro de compras o se registra directamente al Diario.
Si la empresa siempre lo ha considerado en el registro de compra, hay alguna infracción de por medio??? cuál sería lo correcto.
Miguel Torres dice
Se anota el libro diario.
Saira Diaz Velarde dice
Hola una consulta tengo un recibo de ingreso de caja que emite sunat lo ingreso por compras o por diario y si es por diario lo podré considerar como gasto
Miguel Torres dice
Solo ingresalo por diario, y si es un gasto.
Luis Miguel dice
Los recibos por alquiler ( de renta de primera) en que casillero del PDT 621 o es en el PDT 601? y en mi registor de compras en que columna iria por que no tengo IGV que registrar.
Miguel Torres dice
No se anotan en el PDT, pero si lo podrías hacer en tu registro de compras.
Billy dice
Hola Miguel Torres, quisiera tener mas en claro este caso. para sustentar el gasto del alquiler el arrendatario me entrega un voucher del pago del impuesto de renta de primera categoria del banco de la nación. si lo ingreso en el registro de compras. ¿Con que código deComprobante de pago va? ¿con la 13 Documento emitidos por Bancos e Instituciones Financieras?
Miguel Torres dice
En ese caso tu registras el recibo de arrendamiento, que es documento 10.
Christian dice
Amigo una consulta tengo un recibo por honorario pagado y registrado en el mes de Diciembre del 2015 en el Registro de Compras y por lo tanto lo declaré como “Compras no Gravadas-Internas” en la casilla 120 del PDT 621, tengo la obligación de declararlo ahora en Enero del 2016 en el PDT 601, ya que no lo declaré en Diciembre del 2015 en el PDT 601?
Por favor agradecería tu respuesta.
Miguel Torres dice
Los recibos por honorarios se declaran en el PDT PLAME, y no necesariamente en el PDT 621, finalmente los recibos por honorarios se declaran según la fecha de pago.