Los inquilinos deudores con sentencia en primera instancia serán inscritos en lista de morosos. El Poder Judicial se encargaría del registro, pero enviaría información a la Superintendencia de Banca y Seguros.
La desprotección que hoy sufren los propietarios de inmuebles frente al incumplimiento de pagos de sus inquilinos podría llegar a su fin.
El grupo parlamentario Fuerza Popular presentó en el Congreso un proyecto de ley que busca crear un registro de inquilinos morosos.
Según la iniciativa, en este registro se deben inscribir los nombres y apellidos de aquellos arrendatarios que figuren con sentencia en primera instancia en procesos judiciales “por obligación de dar sumas de dinero, desalojo por falta de pago, o ambas”.
La obligación esta referida a personas naturales o jurídicas que adeuden tres cuotas sucesivas o alternadas, dentro del plazo de 12 meses consecutivos.
El recurso de apelación y la continuidad del proceso en segunda instancia no implicarán el retiro del nombre de esta lista.
La única forma de ser borrado de la misma será no solo con la devolución del inmueble, sino además con la cancelación de toda la deuda.
El proyecto dispone que el Poder Judicial será el encargado de implementar y hacerse cargo del registro.
Además, en aras del principio de transparencia, esta información tendrá que ser de carácter público.
Por ello, el proyecto contempla que el Poder Judicial envíe a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), de manera mensual y obligatoria, la relación actualizada de los inquilinos morosos. Y adicionalmente podría ser remitida a las centrales de riesgos que operan en Perú.
El Dato
Cinco años. Hasta cinco años duran hoy los procesos judiciales contra inquilinos que incumplen con el pago a los propietarios de los inmuebles. Eso, sin contar con el proceso de conciliación previo a la vía judicial.
Diario Gestión (03/09/2013)
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.