El sueño de toda mujer es convertirse en madre en algún momento de su vida, es una bendición que solo las mujeres tienen de poder dar vida a un bebe, a diferencia de los varones solo podemos ser observadores de ese hermoso acontecimiento.
Subsidio de Maternidad
Cuando una trabajadora (mujer), esta embaraza tiene derecho al subsidio de maternidad, que son 45 días pre y 45 días post en general (con algunas excepciones). Claro está que la trabajadora tiene que haber cumplido ciertos requisitos:
- La asegurada debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inicia el goce del subsidio.
- La trabajadora debe tener vínculo laboral en el momento del goce de la prestación (al inicio y durante el periodo de subsidio).
- Adicionalmente, la asegurada regular en actividad debe haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción; asimismo, la asegurada de régimen especial y la pescadora y procesadora pesquera artesanal independiente deben haber pagado el aporte del mes de la concepción antes de presentar la solicitud.
Llego el día del nacimiento
La espera de 9 meses llego, y hoy es el día del nacimiento, el futuro padre al lado de la futura madre, y hasta que se escucha el primer llanto del bebe y es que tener un bebe debe ser la experiencia más grandiosa que te puede pasar (los que son padres deben saberlo muy bien).
Tener un “bebe con discapacidad” (utilizo la misma expresión que menciona la Ley), quizás no sea lo que todos esperamos o soñamos, pero creo que es lo mejor que te puede pasar, creo que no existe amor más puro que desprende un bebe con discapacidad (auditivas, visuales, cognitivas, motoras y autismo, así como también capacidades o talentos excepcionales).
30 días más de descanso
La LEY Nº 29992 en su artículo 1 menciona:
… El descanso postnatal se extiende por treinta (30) días naturales adicionales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad. En este último caso, la discapacidad es acreditada con la presentación del correspondiente certificado otorgado por el profesional de salud debidamente autorizado.”
Se entiende que en caso de nacimiento de niños con discapacidad se ampliara el postnatal a 30 días más, quiere decir un total de subsidio de maternidad de 120 días.
La llegada de un bebe tiene que ser SIEMPRE una alegría y una razón para salir adelante, que no sea una tristeza o una carga. Cuando sea padre, editare este articulo con el sentimiento que se siente ser papa.
¿Como Calcular el subsidio de Maternidad?
Para entender el caso, vamos a poner un caso practico de una trabajadora llamada Isabel que ha solicitado su descanso de pre y post natal. Para ello hace llegar a la empresa su CITT mas su constancia de haber tenido un parto multiple (gemelitos).
Analizamos que el valor del subsidio será calculado en base as us remuneración percibida, ademas de ello necesitaremos el CITT donde figure el inicio y final del período del subsidio.
Descarga del archivo
Comparto el caso práctico de como calcular el valor del subsidio de maternidad para el caso de parto múltiple, para poder descargar solo tienes que darle clic en el botón “Recomendar”.
[to_like]Descarga el archivo de calculo de Subsidio de Maternidad[/to_like]
Conclusiones
1. Recuerda que el pago del subsidio casi en la mayoría de los casos la empresa realiza el pago en primera instancia, luego de ello este último tiene que pedir la devolución al essalud.
2. Un error común en el caso de subsidio es el llenado en el PDT PLAME, recuerda tienes que llenar tanto en la parte de jornada laboral (lo días subsidiados) y en la parte de ingresos (0915 – Subsidio de Maternidad).
3. Por otra parte mencionar tambien que el subsidio se puede extinguir, por ejemplo si no renuevas el contrato de trabajo de la trabajador (quizás lo diga de una manera muy fría, pero la empresa no esta obligada a renovar un contrato a una trabajadora embarazada).
4. También comentarte que hemos lanzado nuestro grupo de Facebook Noticiero Contable con un éxito muy bueno, en tan solo 6 semanas ya superamos los 13,100 miembros, así que forma parte de el, un lugar donde tus consultas serán absueltas (ingresar al grupo).
EDITH POMA dice
Buenas tardes estimado Miguel, UNA CONSULTA…para el calculo del subsidio por maternidad en el formato de ESSALUD tiene la opción de poner los ingresos ( BONIFICACIONES REGULARES) en este caso a la trabajadora se le deposita por vales de alimentación y se declara en el PLAME casilla 1001 como ingreso.
Pregunta…se considera como bonificación regular este ingreso declarado?
Octavio dice
Gracias por su respuesta.
saludos
Miguel Torres dice
Super amigo 🙂
Octavio dice
En el caso de que la trabajadora presente el DNI del nacido se debe considerar aparte del subsidio su asignación familiar si ella está gozando el segundo mes de subsidio o No se debe considerar dicha asignación?
Gracias por su respuesta
Miguel Torres dice
No se considera, ya que el calculo del subsidio se realiza en base a las 12 remuneraciones pasadas, por ende para el siguiente mes si se consideraria.
Harold dice
Tengo el caso de una trabajadora que tiene 06 meses de trabajo, pero anteriormente trabajaba en otra empresa, pero no cumple el requisito de “haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción”.
Como lo declararía y cuánto le tendría que pagar.
Saludos.
Miguel Torres dice
En ese caso no va tener derecho al subsidio, lo que podrías es otorgarle una licencia sin goce de haber o descontar las faltas.
PAULO dice
que hago si solo considere en la parte de jornada laboral como días subsidiados por maternidad y en los conceptos de ingreso le considere como remuneración.