Entre los seguros que serán regulados por la nueva norma están los de asistencia médica, vida, accidentes personales, SOAT y Vida Ley, al igual que los que se venden en supermercados, bancos y farmacias, casi sin requisitos.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobará las condiciones mínimas que deben contener los modelos de pólizas de los seguros personales, obligatorios y masivos, previa su venta al público, e identificará eventuales cláusulas abusivas contenidas en los contratos.
Además, informó que se asegurará que las compañías utilicen un lenguaje sencillo para los contratantes y asegurados.
Estos son los objetivos del Reglamento de Registro de Modelos de Pólizas de Seguros y Notas Técnicas, publicado el 29 de noviembre (Resolución Nº 7044-2013), como parte de la implementación de la Ley del Contrato de Seguro y del Reglamento de Transparencia de Información y Contratación de Seguros.
La SBS explicó que en este tipo de pólizas están comprendidos los seguros de asistencia médica, vida, accidentes personales, SOAT y Vida Ley.
También incluye a aquellos productos que se comercializan a través de la banca, farmacias y supermercados, los que se caracterizan por no exigir requisitos especiales para el aseguramiento.
El reglamento también establece el procedimiento a seguir para los seguros no sujetos a aprobación administrativa previa, categoría que incluye a aquellos seguros que no son personales, ni masivos ni obligatorios, como son los vehiculares, domiciliario, robo, incendio, entre otros.
De esta forma, las compañías de seguro solo podrán ofrecer o comercializar las pólizas de seguro cuyos modelos se encuentren incorporados en dicho Registro, además, tendrán que difundir en su página web las cláusulas abusivas que identifique la SBS.
Diario Gestión (01/12/2013)
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