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Contratos de seguros ahora serán de fácil lectura

Publicado por Miguel Torres el 2 de diciembre de 2013 1 comentario

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobará el contenido mínimo de las pólizas para evitar clausulas abusivas.

Adiós a los engorrosos e ilegibles contratos de aquellos seguros que obligatoriamente tenemos que adquirir como la cobertura de vida cuando nos afiliamos a una AFP o la protección por desgravamen cada vez que obtenemos un crédito.

Claúsulas Abusivas

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el viernes el Reglamento del Registro de Modelos de Pólizas de Seguros y Notas Técnicas, en el cual establece que –antes de su venta– será el regulador el que fijará las condiciones mínimas de las pólizas para evitar que incluyan cláusulas abusivas.

Los seguros de asistencia médica, de vida, accidentes personales, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y el producto Vida Ley serán los que, obligatoriamente, pasarán por el filtro de la Superintendencia.

También serán revisados, con el fin de que no vulneren los derechos de los usuarios, los *productos que se comercializan en bancos, farmacias y supermercados *pues son los que no exigen requisitos especiales para el aseguramiento, dice la SBS.

Procesos Estándar

Para evitar inconvenientes cada vez que ocurre un siniestro, el regulador ha establecido un procedimiento a seguir para aquellos seguros cuyo beneficio no está sujeto a una aprobación previa.

La disposición incluye a las coberturas que no son obligatorias ni personales como los productos vehiculares, domiciliarios, contra robos, incendios, entre otras eventualidades.

Las compañías solo podrán ofrecer al publico pólizas cuyo contenido se encuentre en el Registro de Modelos. Asimismo, deberán difundir en sus páginas en Internet las cláusulas abusivas que vaya identificando el regulador.

Infórmese

El contenido mínimo de los contratos de seguros aprobado por la SBS deberá ser publicado en la web de la entidad o en cualquier otro mecanismo que se establezca para este fin para que así los consumidores puedan acceder a su contenido y compararlo con las pólizas que brindan las empresas.

En un comunicado, la Superintendencia detalló que para la aprobación de las condiciones de los contratos, se evaluará la documentación presentada y se verificará que se ajuste a la normativa vigente.

Si hay observaciones, la compañía tendrá 90 días hábiles para subsanarlas. Si no lo hace, no podrá vender el producto.

Diario Peru21 (01/12/2013)

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1 comentarios

  1. Ever Cuzque dice

    19 de octubre de 2015 a las 4:23 pm

    Mi estimado Amigo Miguel, quiero aprovechar estos minutos para felicitarte por tu trabajo enorme que realizas día a día, muchas bendiciones y éxitos en todo lo que hagas.

    Responder

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