• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Noticias » Sepa cuánto debe recibir de ‘grati’

Sepa cuánto debe recibir de ‘grati’

Publicado por Miguel Torres el 11 de diciembre de 2013 1 comentario

Monto será 22% superior al sueldo neto mensual. Se aplicará descuento por impuesto a la renta.

Cada vez que se acerca el pago de las gratificaciones, muchos trabajadores aún tienen dudas sobre cuál es el monto que recibirá.

En líneas generales, se debe señalar que el pago de este aguinaldo será un 22% superior respecto de la remuneración neta mensual del trabajador.

Una norma laboral promulgada en 2009 estableció que, hasta diciembre de 2014, la ‘grati’ no tendrá el descuento del aporte previsional (13%), ya sea al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Además, el aporte que el empleador debe efectuar al Seguro Social de Salud (Essalud) –el 9% sobre la remuneración– será abonado a favor del empleado como una bonificación extraordinaria.

De la sumatoria de ambos porcentajes se obtiene el 22% de aumento.

En el caso de los trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), el empleador no paga a Essalud un 9%, sino un 6.75% (la diferencia va a la EPS). Por lo que, para ellos, el bono será de 6.75% y su gratificación será un 19.75% superior al sueldo neto mensual.

Sí Descuentan Impuesto

Debe saber que este beneficio navideño sí está afecto al pago del impuesto a la renta (IR) de quinta categoría (trabajadores en planilla), aclara Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima.

El monto del descuento por IR en la ‘grati’ será similar al que se paga en el sueldo mensual del trabajador.

¿Quién paga el impuesto? El especialista refiere que están obligados a tributar los que perciben ingresos anuales (sueldos y gratificaciones) mayores a 7 unidades impositivas tributarias (UIT).

Como la UIT vigente es S/.3,700, el monto en referencia es de S/.25,900. “Si se divide entre catorce, resulta que quienes ganan más de S/.1,850 al mes deben pagar el IR”, anota.

Sueldo de referencia

El aguinaldo tendrá como referencia el sueldo recibido a fines de noviembre. Si ese mes se recibió un aumento, la ‘grati’ tomará en cuenta el nuevo monto, refiere Zavala.

Asimismo, a diferencia del depósito de la CTS, para este pago no se requiere que el trabajador labore un mínimo de cuatro horas diarias.

En el caso del sector privado el beneficio es recibido en forma íntegra solo por los trabajadores bajo el régimen general, es decir, los que prestan servicios a las medianas y grandes empresas.

Diario Peru21 (11/12/2013)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: aguinaldo, grati, trabajadores

PRÓXIMO EVENTO: "SALDO A FAVOR MATERIA DEL BENEFICIO"

Invitarte este Lunes 12 de Mayo de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

1 comentarios

  1. JOSE COBENAS dice

    12 de diciembre de 2013 a las 10:08 am

    El articulo esta induciendo a error, por ejemplo si un trabajador dependiente que no tiene carga familiar percibe una remuneración mensual de S/. 1,000 su gratificación del mes de diciembre 2013 es de S/. 1,090. (S/. 1,000 + 9% de EsSalud)
    y No de S/. 1,220 (S/. 1,000 + 22%) como están insinuando.
    Por otro lado estos S/. 1,090 solo se encuentran gravados con la retención del impuesto a la renta de quinta categoría, siempre que se encuentre afecto.

    Responder

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto