Regulan la presentación a través de sunat virtual de la solicitud de devolución de los saldos a favor del impuesto a la renta del ejercicio gravable 2013 de las personas naturales que hubieran obtenido rentas del capital y/o rentas del trabajo
Como es de conocimiento, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 051-2008-EF, regula la devolución de pagos indebidos o en exceso de deudas tributarias cuya administración está a cargo de la SUNAT, en tal sentido, señala que la devolución a través de órdenes de pago se solicitará mediante escrito fundamentado, al que se adjuntará el formulario correspondiente, y que la referida documentación deberá ser presentada ante la Intendencia, Oficina Zonal o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT del domicilio fiscal del solicitante o en la dependencia que se le hubiera asignado para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, según corresponda. Asimismo, también se faculta a la SUNAT a establecer que la referida devolución sea solicitada a través de medio informático, de acuerdo a la forma y condiciones que establezca para tal fin.
En tal efecto, mediante la Resolución de Superintendencia N° 042-2014/SUNAT (11.02.2014) se pone a disposición de los contribuyentes que presenten su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta a través del Formulario Virtual N° 683 – Renta Anual 2013 – Persona Natural, el formulario virtual que les permita optar por presentar a través de SUNAT Virtual la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2013, así como establecer la forma y condiciones para su presentación. Veamos a continuación algunos aspectos de la norma:
Solicitud de devolución del saldo a favor por rentas del capital y/o rentas del trabajo
El declarante que presente el Formulario Virtual N° 683 – Renta Anual 2013 – Persona Natural puede solicitar la devolución del saldo a favor por rentas del capital – primera categoría, rentas de capital – segunda categoría y rentas del trabajo a través del Formulario N° 4949 “Solicitud de devolución” o mediante SUNAT Virtual.
Forma de presentación de la solicitud de devolución del saldo a favor por rentas del capital y/o rentas del trabajo a través de sunat virtual
El declarante que opte por solicitar, a través de SUNAT Virtual, la devolución de los saldos a favor por las rentas señaladas en el artículo anterior, deberá utilizar un Formulario Virtual N° 1649 “Solicitud de Devolución” por cada uno de dichos saldos.
Para tal efecto, la información que hubiera correspondido consignar en el escrito fundamentado a que se refiere el artículo 31° del Reglamento de Notas de Crédito Negociables, deberá ser incorporada en el Formulario Virtual N° 1649 “Solicitud de devolución”.
Constancia de presentación
Una vez concluida la presentación del (de los) Formulario(s) Virtual(es) N° 1649 “Solicitud de devolución” a través de SUNAT Virtual de acuerdo a las indicaciones que muestre el sistema de la SUNAT, se generará automáticamente una constancia de presentación por cada formulario virtual presentado, la cual podrá ser impresa. Dicha constancia contendrá los datos de la solicitud de devolución así como el número de orden asignado por la SUNAT.
La resolución en comento entrará en vigencia el día 12.02.2014.
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