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Responsabilidad en detracciones

Publicado por Miguel Torres el 26 de febrero de 2014 33 comentarios

A un proveedor se le cancelo en setiembre una factura de 3,000.00 en efectivo pero no se le retuvo la detracción ni en proveedor hizo el depósito.

Recién en la fecha va a efectuar el depósito de la detracción. Nos indican que debe pagar una multa del 50% del importe de la detracción.

¿Nosotros como clientes vamos a recibir copia del depósito de la detracción para adjuntar en su factura ya cancelada, pero también debemos exigir como clientes que nos adjunte copia del Boucher de pago de la multa? Porque el proveedor dice que eso ya no es nuestra responsabilidad

Respuesta:

La multa lo paga tanto el cliente como el proveedor. El pago de la multa del proveedor es de responsabilidad de el.

Lo que si debe exigir es la constancia de depósito para que ud. pueda sustentar el uso del crédito fiscal.

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33 comentarios

  1. Wen dice

    26 de junio de 2019 a las 10:47 am

    Hola miguel quisiera saber si la compra de microsoft office, eset antivirus y windows, en presentación caja se encuentra afecta a detracción.. de antemano Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2019 a las 11:49 pm

      No esta afecto.

  2. Jorge dice

    4 de diciembre de 2017 a las 11:51 pm

    Buenas noches, por favor necesitamos conocer si a los servicios de instalación se le deben aplicar la detraciòn, si la operación se trata de adquirir separadores de ambientes. gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 12:34 am

      Si esta afecto al Spot.

  3. Franco dice

    22 de noviembre de 2017 a las 7:08 pm

    Hola Miguel en el mes de febrero emití una factura de servicio, se declaró pero nunca me la pagaron porque el servicio no se llego a concretar así que se anuló con nota de crédito en marzo. ¡la ley me obliga a pagar esa detracción?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 1:26 pm

      No te obliga, en todo caso la obligación es para el que recibe.

  4. Patricia Flores M. dice

    9 de noviembre de 2017 a las 12:44 pm

    Un cliente realizo la retención por detracción el problema es que el cliente no ha cumplido con realizar el pago a nuestra cuenta de detracciones y se niega a hacerlo. Ya ha pasado mas de un año, que podemos hacer al respecto. Funcionaria si notarialmente les exijo el cumplimiento ??? O hay alguna otra forma como acercarme a sunat ?

    Responder
  5. Jadher Dominguez dice

    22 de marzo de 2017 a las 10:19 am

    Buenos días estimado.
    Las facturas de un proveedor de merahcandising están afectas a detracción ? entiéndase llaveros, flyers, etc. Solo se le entregan intangibles para que el realice la producción de los mismos. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de abril de 2017 a las 8:28 pm

      Si es un servicio si lo esta, aunque hay algunas excepciones, depende mucho de cada situación.

  6. Valeria dice

    14 de diciembre de 2016 a las 4:43 pm

    Hola Miguel: si emito facturas electrónicas por servicios (tengo entendido que estan afectas a detracción) pero mi cliente no hace el depósito correspondiente sino me paga el monto integro, yo tampoco deposité la detracción a mi cuenta del banco de la nación. La consulta es: es afecto a multa? porque yo hago mi declaración y mi pago de tributos en la fecha que me corresponde.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:52 am

      Pues claro, si te deposita el 100% del valor, tienes que hacerte la autodetracción. Adicionalmente tu cliente no podrá usar el credito fiscal de tus facturas.

  7. Luis Miguel Zarria Sinarahua dice

    2 de agosto de 2016 a las 4:10 pm

    Hola Miguel, tengo una factura cuyo concepto es: “Suministro e instalación de tablero eléctrico y accesorios, de acuerdo a cotización 080 A-2016 DA2R y orden de compra N° 015/07-2016”. ¿Está afecto a detracción? Considerando que ellos pusieron todo los componentes.

    Desde ya muchas gracias por tu atención.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2016 a las 11:19 am

      Yo lo afectaría a detracción, por el tema de “instalación” que vendría hacer un servicio.

  8. Joel dice

    18 de diciembre de 2015 a las 1:05 am

    Tengo mi cuenta de detracciones pero me han descontado un saldo y no se por que, ya que no es de mi tributación, dime ahi alguna forma de saber si mi contador ha fallado y me han dado una multa, por que debe de haber un motivo para que me quiten una cantidad de la nada, no quiero tener problemas por eso consulto en tu pagina es muy informativa. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de diciembre de 2015 a las 3:44 am

      Lo mas probable es que lo han mandado al fondo de recaudación o lo han usado para el pago de una multa, puedes acércate a la sunat y pedir informes o llamar al 3150730.

    • Joel dice

      19 de diciembre de 2015 a las 11:26 am

      Gracias por contestar. Muy buena tu pagina.

    • Miguel Torres dice

      21 de diciembre de 2015 a las 11:31 pm

      🙂

  9. rosa dice

    22 de abril de 2015 a las 12:56 am

    hola. me hicieron recaudación de mi fondo de detracciones, ahora como puedo disponer de ese dinero…. help please….

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2015 a las 2:08 am

      Hola rosa, del dinero ya no puedes disponer, solo te servirá para pagar tributos.

  10. ROBER dice

    22 de octubre de 2014 a las 11:23 am

    POR FAVOR MIGUEL QUIERO QUE ME ACLARES LA SIGUIENTE DUDA: ESTOY EN REGIMEN GENERAL COMO PERSONA NATURAL TENGO UN CARRO Y AHORA QUIERO VENDER CUAL ES EL PROCEDIMIENTO CONTABLEMENTE Y TRIBUTARIAMENTE. GRACIAS POR LA RESPUESTA

    Responder
  11. marlee dice

    1 de octubre de 2014 a las 12:16 pm

    tengo una factura q se emitió en mayo 2014 en septiembre se cancelo la detraccion hay alguna infraccion que tengo q tener en cuenta . puedo conciderar la factura para este mes de septiembre como un credito spero su respuesta gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de octubre de 2014 a las 8:37 pm

      S i realizo el pago de la detracción en setiembre, pues en este periodo recién lo puede utilizar.

  12. Christian dice

    30 de septiembre de 2014 a las 11:20 am

    Por favor, podría adjuntar la base legal de lo que manifiesta?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de octubre de 2014 a las 11:25 pm

      Te recomendaria este articulo mas reciente sobre las detracciones. (articulo)

  13. Yesica dice

    30 de agosto de 2014 a las 10:15 am

    Gracias por la información, aclararon muchas dudas 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de agosto de 2014 a las 10:23 am

      🙂

  14. JOSE dice

    26 de agosto de 2014 a las 11:18 am

    Miguel, las entidades del estado que venden productos agrícolas exhoneradas del igv y que emiten solamente boletas de venta superiores a 700 soles, se le hace la detracción?

    Muchas gracias por tu respuesta que me será de gran ayuda.
    Saludos

    Responder
  15. orlando dice

    15 de julio de 2014 a las 8:30 pm

    Hola Miguel, una consulta mira soy nuevo en estoy y estoy empezando la carrera bueno.
    1 consulta por favor.
    en el mes de abril se presento los trabajadores de construccion civil a la AFPNET pero en el mes de mayo se les dio de baja a uno 5 del T-REGISTRO. mi consulta es que hay que darle de baja tambien en AFPNET ya que no labora en la empresa o que.?

    cual es la solucion que puedo tener. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2014 a las 1:51 pm

      En el formato que presentas al AFPNET tienes que colocar el código 2 y la fecha de baja.

  16. Ada dice

    14 de julio de 2014 a las 11:43 pm

    Mis felicitaciones , porque nos permiten informarnos y cumplir con un excelente trabajo en nuestra profesión y de otros también.

    Gracias Miguelito

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2014 a las 4:34 pm

      Gracias :3

  17. Carlos dice

    5 de abril de 2014 a las 12:07 pm

    Solo para felicitarlos y agradecer por los alcances ya que son muy útiles dentro de la personas que laboran y los que no también en el mundo de la contabilidad.

    Saludos y Exitos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de abril de 2014 a las 3:53 am

      Muchas gracias :3

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