Expertos recomiendan que al realizar dicho cambio, si es que se genera algún costo, las entidades bancarias no deberían trasladárselo a los usuarios.
Con las recientes medidas que dictó el Banco Central de Reserva (BCR) para desdolarizar el crédito en el país y reducir la vulnerabilidad financiera de los agentes económicos, los expertos consideran que es tarea de las entidades bancarias brindar los incentivos necesarios para que los deudores en dólares trasladen sus créditos a soles.
Cuando una persona tiene deudas en dólares se vuelve vulnerable al tipo de cambio y si la tendencia es a que el dólar siga subiendo, lo más recomendable es trasladar dicha deuda a soles, afirmó el economista Armando Mendoza.
“La gente que tiene deudas en dólares va a sentir la pegada del alza, por eso mientras es controlable es lógico que la gente desdolarice su cartera y traslade su deuda a soles. Las medidas del BCR no me parecen negativas”, mencionó.
Sin embargo, el experto recomendó que los bancos tengan cuidado y brinden incentivos a las personas al momento de trasladar su deuda de la moneda extranjera a la nacional ya que podrían cobrar algún costo para hacer dicho trámite.
“La pregunta es cuál será el nivel de respuesta del sistema bancario porque si hay una deuda en dólares, esta se incrementa para la persona, pero también sube para el banco y ahí hay una ganancia especulativa. Esperemos que no trasladen ningún costo al usuario”, recalcó Mendoza.
Según cifras de la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), las colocaciones en soles a setiembre del 2014 suman S/.102.911 millones mientras que en dólares ascienden a US$ 28.612 millones.
Recientemente el Banco Central de Reserva del Perú decidió reducir la tasa de encaje en soles de 9,5% a 9%, además la introducción de una nueva modalidad de operaciones de reporte para colocar nuevos soles a cambio de un menor requerimiento de encaje en dólares, la reducción del requerimiento de fondos en las cuentas corrientes de las entidades financieras en el BCR de 2,5% a 2%.
Otra de las medidas dadas por el Ente Emisor es un encaje adicional en dólares si el crédito hipotecario y vehicular en moneda extranjera no baja más de 10% en junio y en 15% a diciembre, el incremento del encaje marginal en moneda extranjera de 50% a 60% y el encaje adicional en soles que se aplicará sólo en caso que las operaciones diarias y semanales con derivados cambiarios excedan algunos parámetros.
Diario La Republica (09/01/2014)
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