Los gastos de viajes deben estar sustentados fehacientemente.
RTF Nº 11631-4-2007
Asimismo, se confirma la apelada respecto a los reparos al gasto por concepto de boletos aéreos al no haberse acreditado su vinculación con la fuente productora de renta, así también la adquisición de un letrero que debió ser activado y no deducido como gasto, toda vez que respecto a este último el desembolso está referido a una inversión de bienes.
Para que los gastos de viaje (pasajes) sean deducibles, además de ser necesarios para el desarrollo de la actividad productora de la renta gravada, deben encontrarse debidamente acreditados con la documentación correspondiente.
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.