• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Tributario » ¿Sabes cómo solicitar exoneración del impuesto predial?

¿Sabes cómo solicitar exoneración del impuesto predial?

Publicado por Miguel Torres el 25 de febrero de 2015 4 comentarios

Conoce cuáles son los requisitos para pedir, en la municipalidad de tu distrito, que te eximan del tributo que se aplica a los inmuebles.

impuesto predial

Se acerca el mes en el que la municipalidad de su distrito le solicitará el pago del impuesto predial. Este es un tributo aplicado a predios urbanos y rústicos, y cuyo valor depende de los metros cuadrados construidos y del material usado.

Por lo general, este tributo se calcula una vez al año y suele ser pagado en forma fraccionada trimestralmente.

En caso de que usted o un familiar reciba una pensión, ya sea de jubilación, viudez, orfandad, invalidez o de otro tipo, puede acceder a ciertos beneficios tributarios. A continuación, se precisan los requisitos para obtener la exoneración del impuesto predial.

El inmueble debe estar inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) a nombre del pensionista.

El beneficiario debe contar con un solo inmueble dentro de su propiedad. Asimismo, el inmueble debe ser usado principalmente como vivienda, aunque se admite que lo utilice parcialmente para fines productivos, comerciales o profesionales con autorización municipal.

Además, el ingreso bruto del pensionista no debe superar una unidad impositiva tributaria (UIT), la cual equivale a S/.3,850.

La solicitud de exoneración del impuesto predial se inicia ante la municipalidad de su distrito.

Para el trámite le pedirán los siguientes documentos: la solicitud simple, la copia simple del certificado positivo o negativo de propiedad emitido por Sunarp, la resolución directoral de la AFP u ONP, la copia simple de las dos últimas boletas de pago que demuestren que su ingreso bruto mensual es menor a una UIT y el recibo de agua, luz o teléfono.

Diario Peru21 (25/02/2015)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: impuesto, predios

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

4 comentarios

  1. Moises Pompa dice

    27 de febrero de 2015 a las 7:59 am

    Muchas gracias por la información, quisiera saber como se podría tramitar en caso el beneficiario no sea pensionista.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2015 a las 6:18 am

      Te dejo un link con la información (link)

  2. FELIX dice

    25 de febrero de 2015 a las 12:38 pm

    Buenos tardes Miguel, te saluda FELIX NUÑEZ S – desde Huancayo y poder felicitarte por las NOTICIAS calientitas que me envias dia a dia, lo cual me hacer sentir mejor en la profesion que profesamos. Es muy buena todo lo que me envias y que para mi tienes un puntaje de 20. Gracias por todo, continua asi y que seras siempre un grande
    SALUSOS.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de febrero de 2015 a las 2:20 am

      Gracias felix por el comentario, que tengas una buena semana.

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto