• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Tributario » Aumentan incentivo tributario para inversión en ciencia, tecnología e innovación tecnológica

Aumentan incentivo tributario para inversión en ciencia, tecnología e innovación tecnológica

Publicado por Miguel Torres el 25 de febrero de 2015 1 comentario

La propuesta aprobada por el Congreso aumenta el incentivo tributario a través del Impuesto a la Renta. En la actualidad, las empresas que invertían en I+D+i, podían deducir estos gastos hasta un 100% para el cálculo del IR.

tecnologia

El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) informó hoy que el Congreso de la República aprobó una iniciativa legislativa propuesta por el Ejecutivo con el fin de promover que las empresas inviertan en investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i).

La propuesta aumenta el incentivo tributario a través del Impuesto a la Renta (IR). En la actualidad, las empresas que invertían en I+D+i, podían deducir estos gastos hasta un 100% para el cálculo del IR.

La propuesta aprobada permite aumentar este nivel a 175% en el caso de los proyectos sean desarrollados directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica domiciliados en el país; y 150% si es que se trabaja con centros de i+d+i extranjeros.

Esto significa que todos los gastos en estas actividades se multiplicarán por el factor 1.75 o 1.5, respectivamente, disminuyendo aún más la base imponible.

“Esta medida significa que, de manera decidida, el Estado financiará una parte importante de los gastos en investigación y desarrollo, una inversión que tiene una alta rentabilidad social”, anotó la presidente de Concytec, Gisella Orjeda.

Resaltó que el contribuyente tendrá derecho a la deducción adicional de 75% o 50% si cumple con los siguientes requisitos:

  • Los proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica deben ser calificados como tales.
  • El proyecto debe ser realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica.
  • Asimismo, deben contar con investigadores o especialistas, según corresponda, que estén inscritos en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA) que gestiona el CONCYTEC, así como con materiales dedicados al proyecto, que cumplan los requisitos mínimos que establezca el Reglamento.
    Los contribuyentes que accedan a este beneficio tributario deberán llevar cuentas de control por cada proyecto, las que deberán estar debidamente sustentadas.
  • El resultado del proyecto de desarrollo tecnológico o innovación tecnológica debe ser registrado en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, de corresponder.
  • La deducción adicional del 75% y 50% no podrá exceder en cada caso del límite anual de mil trescientos treinta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (1335 UIT).
  • La calificación del proyecto debe efectuarse en un plazo de 30 días hábiles.

Es de mencionar que el primer proyecto de I+D+i presentado al Concytec fue calificado en 27 días, es decir, en un plazo menor al previsto por esta nueva norma.

Finalmente, Orjeda señaló que en Concytec se trabaja para que las empresas peruanas, de la mano con la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, sean más competitivas, productivas y diversificadas.

Diario Gestión (25/02/2015)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: impuesto, tecnologia

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

1 comentarios

  1. henri pilco dice

    1 de marzo de 2017 a las 12:26 am

    Hola
    Una consulta el dinero que se reciba de CONCYTEC para llevar acabo la investigacion
    se debe emitir una factura por los 100000 recibidos ??

    Responder

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller Sire Presencial 12 de Julio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto