Para que una microempresa se constituya como persona jurídica será suficiente que los socios, accionistas, participacionistas o la persona individual declaren su voluntad de operar como una mype al momento del otorgamiento de la escritura pública de constitución.
Si al momento de la constitución de la mype se declara no haber pagado el capital suscrito, deberá consignarse en el pacto social la oportunidad y las condiciones del pago total.
Cuando se efectúen aportes dinerarios, el monto que figura como pagado será acreditado con una declaración jurada sin mayor exigencia o requisito adicional.
Las declaraciones mencionadas deberán consignarse en la escritura pública de constitución.
El artículo modificado sigue estableciendo que la microempresa no necesita constituirse como persona jurídica, pudiendo ser conducida directamente por su propietario.
el dato
Una microempresa podrá adoptar voluntariamente la forma de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, o cualquiera de las formas societarias previstas por ley, incluidas las cooperativas o modalidades autogestionarias.
cifras
15.94 millones alcanzará la Población Económicamente Activa al 30 de junio de este año, según el INEI.
26.2% representa la PEA rural, que equivale a cuatro millones, 180 mil 86 personas.
Diario Gestión (24.01.2011).
Nilton dice
Hola soy nombrado balo la ley 276 puedo percibir ingreso del minsa bajo la modalidad de terceros soy chofer