Las personas naturales con rentas de Primera, Segunda y Cuarta Categoría, así como las acogidas en el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), solo tendrán que presentar su DNI al momento de inscribirse en el RUC o actualizar la información de su domicilio, según informó ayer la Sunat.
Esta medida que fue aprobada recientemente por el ente recaudador se extenderá posteriormente a las personas naturales con negocios, que generan Rentas de Tercera Categoría del Impuesto a la Renta (IR) y están comprendidas en el Régimen General o Régimen Especial de Renta.
Diario La Republica (22/04/2015)
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