En empresas, acciones se dirigen a contrastar los niveles de pagos
La administración tributaria está iniciando una serie de controles masivos, mediante el envío de esquelas dirigidas a personas naturales y jurídicas, para verificar el cumplimiento fiscal, así como subsanar posibles inconsistencias que puedan haberse observado tanto de omisión de declaraciones como de ingresos no declarados, advirtió el tributarista Jorge Picón, quien a continuación explica cómo hacerles frente a estas revisiones por parte de la Sunat.
¿Cuáles son las acciones de control más frecuentes realizadas por la Sunat?
–La Sunat tiene distintos tipos de controles, los masivos, que incluyen son revisiones de temas específicos de carácter formal o sustancial y las fiscalizaciones que supone un control profundo del cumplimiento tributario de un contribuyente.
Recientemente, la Sunat ha intensificado dos tipos de controles masivos, que apuntan a criterios no muy comunes, pero válidos. El primero, dirigido a personas naturales, en el cual la Sunat viene contrastando los ingresos en las cuentas bancarias de un año (en este caso 2009) contra las rentas declaradas por dicha persona. Según la Ley del Impuesto a la Renta, el ente fiscal puede presumir que la diferencia entre ambos puntos proviene de rentas gravadas que el contribuyente no declaró.
El segundo, dirigido a empresas, en el cual la Sunat contrasta el nivel de pagos del IGV en 12 meses contra el promedio de pagos realizados por una empresa del sector, requiriendo sustentar la diferencia.
¿Qué deben hacer los contribuyentes, encarar estas revisiones?
–En ambos casos, deben tener o poner en orden su información y revisar las operaciones realizadas en el período materia de requerimiento, a fin de poder sustentar las inconsistencias requeridas por la Sunat. El principal problema que enfrentan las personas naturales y las empresas pequeñas, más que el incumplimiento tributario, es la falta de documentos que sustenten sus operaciones, lo que sumado a las presunciones indicadas, pueden generar problemas de distinta dimensión.
En el caso de errores típicos por los cuales puede haber llegado estas esquelas, ¿cuáles son y cómo prevenirlos?
–Errores típicos en el caso de una persona natural, sobre todo, consisten en recibir dinero en sus cuentas bancarias, que pueden venir de préstamos de familiares, o ahorros no bancarizados o juegos de azar (casinos) y en general dinero que posiblemente tributó en su oportunidad, pero no hay mayor forma de probarlo. Otro error es no incorporar en su declaración jurada anual rentas no gravadas como la venta de inmuebles, de acciones, o de rentas gravadas que pagaron tributos como dividendos, fondos mutuos, entre otros.
Nadie guarda los sustentos
¿Cuáles son los sustentos requeridos que deben tener siempre presente los contribuyentes?
–En otros países es muy común que todas las personas que generan rentas tengan un contador personal. En nuestro país, si bien no se requiera aún algo tan radical, se está en el otro extremo, nadie guarda los sustentos de sus operaciones, debido a que a la fecha no ha habido un permanente control del fisco. Es posible que estemos en el inicio de un cambio de conducta de la Sunat, que dará o debería dar como resultado un cambio en el comportamiento de los contribuyentes.
Sanciones e impugnaciones
Por su experiencia y conocimiento de la legislación, ¿qué presunciones y sanciones pueden aplicarse en estos casos?
En el caso de una persona natural, si tiene ingresos gravados con el ITF ascendente a S/. 200,000 y las rentas declaradas por el contribuyente solo fueron de S/. 80,000, y adicionalmente logra sustentar movimientos por S/. 10,000 más, se presumirá que los S/. 110,000 de diferencia se obtuvieron en rentas no declaradas.
Suponiendo que el Impuesto a la Renta aplicable a dicha diferencia ascienda a S/. 20,000, se cobrará adicionalmente una multa de S/. 10,000 (que puede ser rebajada en 90%, 70% y 50% según sea el caso) e intereses sobre ambos montos a una tasa de 1.2% mensual.
Queda claro que el contribuyente puede impugnar esta deuda, pero debe tener presente que la ley apunta a la presunción aplicada por la Sunat.
Diario Oficial El Peruano (15.06.2011)
juanca dice
bueno lo q sucede es que si alguien es intervenido por sunat nunca mas deseara tributar , y eso es asi la informalidad aumenta por la mala fe con que vienen a intervenir a las empresas , por ahi oi una excelente idea acerca de regalarle un 1% del valor de un comprobante a la persona que lo pida depositandole ese dinero en una cuenta bancaria de libre disposicion ….. quiza asi si nos fiscalizariamos unos a otros CON LA PLATA BAILA EL MONO ….
juan wu lau dice
Los boletines del contador serian mas completos si las notas relacionadas que aparecen en cada item en forma separada por cada comentario, sean unificadas en una sola presentacion para tener un conocimiento completol
Miguel Torres dice
Buena sugerencia, trataremos de mejorar cada día.