En primer lugar, el fraccionamiento Sunat es una facilidad que tienen los contribuyentes para poder cumplir con sus obligaciones tributarias.
En ese sentido, para conocer los tributos que se pueden fraccionar debemos revisar el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 161-2015.
Puede ser materia de aplazamiento y/o fraccionamiento:
- La deuda tributaria administrada por la SUNAT, así como la contribución al Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI).
- Tributos administrados por Sunat, como el IGV, el impuesto a la renta o la contribución al Fonavi, multas por el pago fuera de plazo de la retención de ONP.
- Intereses por el pago del impuesto a la renta, cuando ya venció el plazo para su presentación, declaración y pago anual.
- Declaración Anual del Impuesto a la Renta, luego de presentada.
- La deuda tributaria generada por los tributos derogados.
- Los intereses correspondientes a los pagos a cuenta del impuesto a la renta, una vez vencido el plazo para la regularización de la declaración y/o pago del mencionado impuesto.
- IGV, si tus ventas anuales no superan los S/ 735,000.00 (150 UIT), luego de presentada tu declaración.
- Contenidas (monto total pendiente) en una Orden de Pago, Resolución de Determinación o de Multa que te hayan notificado.
angelesdelacruzmateo@gmail.com dice
Puedo solicitar fraccionamiento de pagos a cuenta del impuesto a la renta?