• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Sunat » Sunat regula la baja de inscripción en el RUC

Sunat regula la baja de inscripción en el RUC

Publicado por Miguel Torres el 1 de julio de 2015 8 comentarios

La Sunat podrá dar de baja el RUC o modificarlo cuando, como resultado de sus acciones de fiscalización, determine que el sujeto inscrito realmente no realiza alguna actividad generadora de obligaciones tributarias ni de rentas de tercera categoría.

sunat detraccion
Así lo determinó la RS Nº 152-2015-SUNAT, destinada a mejorar las reglas vigentes para la baja del Registro Único de Contribuyentes (RUC).

La norma además regula que en el caso de personas naturales, sociedades conyugales o sucesiones indivisas, la solicitud de baja de inscripción del número RUC –a solicitud del contribuyente– por cierre o cese definitivo, tendrá aprobación automática. En los demás casos, el pedido se aprobará en un plazo máximo de 45 días hábiles, previa evaluación de la Sunat.

La aprobación de la baja de inscripción en el RUC, finalmente, no exonera al deudor de las obligaciones que pudieran haber generado en su vigencia, ni a la Sunat de exigir tal cumplimiento, refiere la norma en análisis.

Diario El Peruano (01/07/2015)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: ruc, Sunat

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

8 comentarios

  1. Deanira dice

    11 de abril de 2019 a las 9:30 am

    Hola, mi pregunta es ya di de baja y compre nuevos libros debo de hacer un nuevo inventario de la empresa.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 10:33 pm

      Debes rehacer toda la información que estuvo registrada en los libros perdidos.

  2. Edgar dice

    12 de julio de 2017 a las 12:26 am

    Puedo comprar una empresa cerrada y a la estan dando en baja definitiva…se puede activar su rubro

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de julio de 2017 a las 12:52 am

      Si es correcto, puedes hacerlo.

  3. Fernando Manuel Chiong Espinoza dice

    21 de abril de 2017 a las 6:21 pm

    Saludos amigo Miguel Torres:
    El 01/02/2015 mi hija dio BAJA DEFINITIVA a su RUC, inició actividades en Abril 2017, pregunta ¿Puede seguir utilizando sus Libros Contables? o tiene que volver a Legalizar otros Libros.
    Gracias por la Respuesta.
    Fernando

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2017 a las 12:51 am

      Tienes que comprar libros nuevos.

  4. Sole dice

    20 de enero de 2017 a las 11:44 am

    Hola miguel que requisito se necesita para dar de baja definitiva de una empresa ante sunat.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2017 a las 12:26 pm

      Realizar los tramites en Sunarp, liquidación de la empresa.

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE Presencial 28 de Junio

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto