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Inicio » Tributario » 7 pasos para el pago de Detracciones en Línea SUNAT

7 pasos para el pago de Detracciones en Línea SUNAT

Publicado por Miguel Torres el 17 de mayo de 2023 107 comentarios

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¿Tengo que realizar el pago de detracción de una factura electrónica?

Cuando hablamos del uso correcto del crédito fiscal, uno de los requisitos que tenemos que tener en cuenta es el depósito de la detracción.

Por ejemplo, recibes un servicio de asesoría contable el 20 de junio del presente año, mientras usted no realice el depósito de la detracción, no PODRÁ usar el crédito fiscal de la operación.

Adicionalmente, necesitas la constancia de detracción para efectuar la anotación en el registro de compras.

RTF Nº 00917-8-2020

No deposito de detracción

¿Qué pasa si utilizo el crédito fiscal de una operación donde no se efectuó la detracción?

Lamentablemente, no puedes hacer nada, tendrás que reparar el crédito fiscal utilizado indebidamente por dicho comprobantes que se traduce a rectificar tu PDT 621.

Pero, este comprobante lo podrás usar cuando regularices el depósito, siempre y cuando se encuentre dentro de los 12 meses contados a partir del mes siguiente de su emisión.

¿Por qué no efectúas el depósito de la detracción?

Hoy en día efectuar el depósito de la detracción es muy sencillo, años atrás quedaron las colas en el banco de la nación.

¿Qué tienes que hacer?

Un primer consejo es acércate a un banco donde tengas una cuenta de empresa, y solicitar el servicio de pago de detracción con cargo de tu cuenta corriente.

Pago del depósito de detracciones en Línea SUNAT

Realizar el depósito de detracciones en línea es muy sencillo, solo necesitas los siguientes requisitos:

  • Factura Electrónica.
  • Clave Sol.
  • Cuenta de empresa vinculada para el depósito de detracción.

Paso 1. Visualizo la factura que origina el depósito de detracción

Factura electrónica afecta spot

En este caso se trata de un servicio de consultoría por un monto de S/ 2,400 soles, servicio afecto a detracción con una tasa del 12%.

En este caso el cliente realizo el pago total de la factura, por ende tendremos que realizar la autodetracción para que el cliente pueda utilizar el crédito fiscal.

Paso 2. Ingreso a la página de la SUNAT con la clave sol

Pago detracción clave sol

Paso 3. Ingresa los datos de la FACTURA

Ingresa los datos de factura para que sistema automáticamente detecte los datos para el pago de la detracción.

Datos Factura Electrónica

Paso 4. El sistema valida la información

Verificamos que los datos sean correcto: nombre del cliente, tipo de servicios, datos de la factura.

Verificamos de la constancia detracción

Paso 5. Procedemos a efectuar el pago

Para ello, el sistema nos muestra las diferentes opciones de pago. 

Paso 6. Obtenemos nuestra constancia de detracción

Nuevamente, revisamos que los datos sean correctos.

Constancia de pago SPOT

Paso 7. Anota la detracción en el Registro de Compras

No olvidar anotar el número y fecha de la constancia de detracción en el registro de compras.

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Conclusión

  1. Recuerda ante un error en la constancia de depósito, tienes que efectuar el trámite para corregir la constancia.

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107 comentarios

  1. ANGEL dice

    13 de marzo de 2025 a las 11:32 am

    Estimado Miguel consulta tengo facturas que han sido anuladas con notas de credito pero ya se ha depositado la detraccion, mi consulta es que mi cliente ya no quiere emitir otra factura y me dice que esa detraccion solicite liebracion de fondos y le entregue en efectivo, es correcto el proceder.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2025 a las 1:29 pm

      No es correcto, debería realizar el cambio de datos en el depósito de detracción.

  2. Karol dice

    21 de octubre de 2021 a las 5:22 pm

    Buen articulo, tengo una pregunta si quieren fraccionar unos impuestos pero en la cuenta de detracciones tiene saldo pero con decimales como podría ponerlo en 0 ,
    Gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2021 a las 11:43 am

      No tienes que hace eso, con tal que llegue a 0.60 YA PUEDES hacer tu fraccionamiento.

  3. Yudy Condori dice

    21 de abril de 2021 a las 5:39 pm

    Hola Miguel, una consulta soy cliente la factura lo pagamos al 100% y el proveedor ,hasta ahora no ha hecho la autodetraccion, y mi contador lo esa factura este mes. ¿Qué haría en este caso? Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de abril de 2021 a las 11:40 am

      Mientras no se haga la autodetraccion no podrás usar dicha factura.

  4. Valeryn dice

    18 de diciembre de 2020 a las 2:34 pm

    Buenas tardes,
    Me emitieron una factura por servicios de 1,000.00 soles y luego emitieron una nota de crédito por 500.00 soles. Dado que la aplicación de esta última hace que la factura no exceda el monto de los 700.00 soles para pagar detracción, ¿esta factura ya no debe detraerse? Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2020 a las 2:53 pm

      Es correcto.

  5. Nancy dice

    23 de octubre de 2020 a las 11:17 pm

    consulta, emití una factura agosto nos cancelaron la factura y también la detracción en el mismo mes. en setiembre se emite una nota de crédito sobre dicha factura Consulta? que pasa con la detracción depositada en nuestra cuenta antes de la nota de crédito. Podemos utilizar ese monto de detracción? como tenemos que proceder contablemente Gracias por tu comentario

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2020 a las 9:09 am

      Si claro lo puedes usar, habría un saldo a favor del cliente que luego lo puedes regularizar.

  6. Ana dice

    28 de diciembre de 2019 a las 8:43 pm

    Buenas noches , si me han emitido una factura por estiba s/200.00 y en la misma factura por transporte s/700.00 sumando total 900.00 , que tasa debo aplicar debo aplicar la de movimiento de carga o transporte? Agradeceré su respuesta, gracias!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de enero de 2020 a las 7:02 am

      Aplicas la de transporte, pero es recomendable siempre hacer dos facturas.

  7. John Ñopo dice

    24 de julio de 2019 a las 2:50 pm

    En un momento me indicaron que todas aquellas facturas anuladas con una nota de crédito correspondiente a otro periodo, la detracción debe ser cancelada porque puede generar a nuestro cliente una deuda coactiva, esto es correcto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de julio de 2019 a las 8:03 pm

      No es correcto, porque lo mas seguro es que luego te pedirán que emitas otra factura (el cual si va necesitar la detracción). Si la operación es anulada con NC, como aplicarías detracción por una operación que nunca se realizo.

  8. Merly dice

    11 de junio de 2019 a las 12:59 pm

    En el INFORME N° 027-2004-SUNAT/2B0000 indica que se debe detraer independiente si se ha emitido boleta de venta o factura, solo por hecho de ser un bien o servicio afecto a la detraccion. entonces se debe aplicar la detraccion a una venta con BOLETA DE VENTA.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2019 a las 6:56 pm

      No se aplica, pregunto como hago la detracción si no tengo el comprobante de pago (requisito para hacer el deposito) ??? informe defazado.

  9. Roger dice

    1 de abril de 2019 a las 3:05 pm

    La factura que me pagaron fue afectada por un porcentaje por una cobranza coactiva, de tal modo que me quedo un saldo, que fue el monto que me pagaron.la consulta es a que monto le aplico la detracción al monto total de la factura emitida o al saldo que me quedo después de la cobranza coactiva.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2019 a las 9:22 pm

      Si la factura lo redujeron con una nota de credito al saldo, pero si no al total de la factura.

  10. Patty dice

    2 de enero de 2019 a las 5:32 pm

    Buenas tardes una consulta puedo usar mi saldo de las detracciones para poder pagar unas detracciones que no me han depositado .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de enero de 2019 a las 10:17 pm

      No se puede hacer eso.

  11. Ana Maria dice

    6 de junio de 2018 a las 12:46 pm

    Que tal buenas tardes, tengo facturado con mes de mayo 2018 y tengo que hacer la detracción el servicio de outsourcing mes enero detraeré con el 10%, pregunta cuando me pida periodo tributario que mes digito enero o mayo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2018 a las 10:19 am

      El mes de enero 2018 (fecha del comprobante de pago).

  12. Penelope dice

    13 de febrero de 2018 a las 4:58 pm

    Hola Miguel una consulta tengo una factura de enero que pagaré en febrero quisiera saber que fecha debo colocar en periodo tributario la fecha de enero o la fecha de hoy que es en la que efectuaré el pago de la detracción, gracias.

    Responder
  13. Esther dice

    20 de diciembre de 2017 a las 8:07 pm

    Hola Miguel, que pasa si mi cliente me pagó el total de la factura y yo no me hago la autodetracción? Tendría alguna multa por no hacerlo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 11:32 pm

      El problema lo va tener la empresa que te pago, solo regulariza la autodetraccion.

    • Juan Va dice

      16 de enero de 2019 a las 3:38 pm

      La autodetraccion, se puede hacer por el portal WEB de SUNAT?

    • Miguel Torres dice

      16 de enero de 2019 a las 7:25 pm

      Si es posible hacerlo, pero cargando a una cuenta BCP.

  14. Diana dice

    13 de noviembre de 2017 a las 12:25 pm

    Hola Miguel,
    Una consulta, tengo una factura de servicios y me han hecho una Nota de Credito por dscto de precio, la detraccion se paga por el total de la Factura o por la diferencia descontando la Nota de Crédito

    Responder
  15. Paul dice

    6 de octubre de 2017 a las 7:35 pm

    Hola miguel , mira en el mes de agosto me salio de renta 1400 por pagar y tenia en cuenta de detracciones 1200 hice el pago con mi cta de detracciones y me quedo por pagar la diferencia ahora en mes de setiembre quiero cancelar ese restante ya que cuento otra vez con detraciones como haria ese pago de manera virtual? de ante mano muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2017 a las 10:47 pm

      Es correcto, lo pagas de manera virtual, opción pago de tributo.

  16. Alberto dice

    26 de septiembre de 2017 a las 10:22 am

    Hola. Buenos días.
    La cuenta de cargo para pagar detracciones a proveedor no puede ser mi cuenta de detracciones. (por la web solo se habilitan bancos privados)
    Como mype me serviría mucho disponer como efectivo los saldos de mi cuenta de detracciones para pagar a tiempo detracciones al proveedor y poder usar el crédito fiscal.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de septiembre de 2017 a las 2:09 pm

      No se puede hacer eso.

    • Jessica dice

      19 de diciembre de 2017 a las 7:32 pm

      Hola Miguel, no hay forma alguna de pagar la detracción de mi proveedor con mi cuenta de detracciones? Me parece totalmente injusto.

  17. Ale dice

    3 de agosto de 2017 a las 10:52 am

    Hola buenos días, consulta desde el 17 de julio que estoy haciendo mi pago por detracciones por internet ya no me están cobrando la comisión de 10.50 , y mis pagos los hago mediante scotiabank. tienes conocimiento de si ya no están cobrando la comisión, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de agosto de 2017 a las 11:56 pm

      No te podría decir, consulta con tu banco.

  18. Maria dice

    21 de julio de 2017 a las 12:56 pm

    HOLA MIGUEL, por favor quisiera saber que periodo debo poner para el pago de detracción si la factura fué emitida el 10 de abril 2017 y estoy pagando la detracción ahora en julio. ¿ periodo abril o julio?

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2017 a las 2:03 am

      La fecha de emisión de la factura.

  19. Ana Padilla dice

    17 de julio de 2017 a las 10:09 am

    Buenos días, una consulta, he pagado a una abogada por “Servicios jurídicos” 3000.00 por adelantado, ella me ha entregado las facturas por importes menores a 700, pero algunas son en la misma fecha ( ejemplo 03/07/2017 650 y otra por 680). ¿Estaría sujeta a detracción? Quedo a la espera de tu respuesta. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2017 a las 2:47 pm

      Si es de la misma operación, debería estar afecto al Spot.

  20. Olivera dice

    4 de julio de 2017 a las 9:18 am

    La detracción aplica también para Boletas de Venta?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2017 a las 10:02 am

      Actualmente, no aplica a la boleta de venta.

  21. Yeni dice

    13 de junio de 2017 a las 11:35 am

    HOLA MIGUEL, GRACIAS POR TUS APORTES SON INTERESANTES. UNA CONSULTA TENGO DOS FACTURAS DE VENTA POR UN SERVICIO EMITIDO POR EL VALOS DE S/650.00 PERO CON LA MISMA FECHA ¿TENGO QUE HACER LA AUTODETRACCIÓN POR LAS DOS FACTURAS INDEPENDIENTE CADA UNA?

    Responder
  22. Percy Ancajima dice

    7 de junio de 2017 a las 5:02 pm

    Buenas tardes, gracias Miguel por el apoyo. consulta si tengo tres facturas con la misma fecha de emision por el servicio de transporte y estas superan el monto de 400?? a cual de ellas le detraigo?? a la del monto mayor??
    espero su repuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de junio de 2017 a las 12:16 am

      La detracción se aplica por factura, no por varias, ya que en el comprobante de detracción debes colocar la factura que estas aplicando.

    • CHELA PEREZ MORENO dice

      19 de junio de 2017 a las 6:46 pm

      Buenas miguel tuve la paciencia de leer todos los comentarios y tus respuestas precisas que joven para mas inteligente que dios te bendiga mucho y te siga dando ese don , esa sabiduría y esa fortaleza bendiciones ¡ojala mas adelante tenga mi respuesta con mi comentario muchas bendiciones. la sra: CHELITAAAA

  23. Jenny dice

    7 de junio de 2017 a las 10:42 am

    Gracias por esos temas tan interesante . Muy buena página. Dios lo Bendiga. Por favor como saber si a la empresa que le envío mis facturas. Han pagado la detracción que le corresponde. Debo pedirle Baucher copia. ?. O como buscar por internet. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2017 a las 5:34 pm

      Con tu clave sol puedes hacer el seguimiento, en la sección detracciones.

  24. Alejandro dice

    30 de mayo de 2017 a las 6:36 pm

    Hola Miguel, si podrías ayudarme te agradeceré, sucede que tengo una factura del año pasado y recién en este año se pago la detracción en mayo y la factura fue emitida en noviembre del 2016 al momento de pagar que periodo debo poner? 05/2017 o 11/2016. Gracias por tu aporte.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2017 a las 1:15 am

      La fecha de la factura.

    • Juan Málaga dice

      1 de junio de 2017 a las 3:59 pm

      Hola Miguel, si cancelo una factura de servicios incluido IGV, la responsabilidad de declarar la detracción es de mi proveedor o sigue siendo mía? si el no la declara, entonces no puedo hacer uso del crédito fiscal?

      Pf tu comentario
      Gracias

    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2017 a las 4:38 pm

      La obligación es de tu proveedor, claro no puedes usar el IGV, pero ten en cuenta que el error fue tuyo por pagar el 100%.

  25. Betty Muroya dice

    30 de mayo de 2017 a las 2:29 pm

    Si en la descripción de la factura dice alquiler de oficina del mes de abril y la factura fue emitida en mayo, en el periodo fiscal debo poner abril o mayo??? Espero tu respuesta, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2017 a las 1:23 am

      En Mayo.

  26. Genrry dice

    20 de mayo de 2017 a las 8:06 pm

    Hola Miguel Saludos, tengo ventas de 20000 mil soles al mes por decir pero el comprador no deposita mis detracciones y tampoco me paga, la factura de emitió en mes 25 de marzo 2017 que podría hacer .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2017 a las 10:11 pm

      Lo puedes declarar y acogerte al IGV justo para diferir el pago de IGV por 3 meses sin intereses.

  27. Orlando Blanco dice

    30 de abril de 2017 a las 7:29 pm

    Que fechas son los tramites para devolución de detracciones y que formato utilizo, necesito urgente tu orientación tengo que realizar varios tramites de devolución, disculpa la confianza, gracias por todo tu apoyo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2017 a las 11:32 pm

      El tramite lo haces mediante clave sol, es super sencillo, llama a Sunat para mas informes.

  28. César dice

    4 de abril de 2017 a las 6:53 pm

    Buenas noches:
    Tengo un factura emitida en enero 2017, si la registro en el reg. compras de marzo y cancelo la detracción dentro de los 5 días hábiles de Abril, la operación me da derecho a usar el crédito fiscal en marzo? o tengo que usarla en Abril?. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de abril de 2017 a las 12:27 am

      No, lo usaras en abril todavía.

  29. Evelyn dice

    21 de marzo de 2017 a las 9:54 am

    Hola, duda, la factura queme emitieron (por la que pagaré detracción), la emitieron en julio 2016, pero recién voy a pagarla, en periódo tributario qué debería poner? jul16 o ene17?
    Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2017 a las 9:15 pm

      No hay multa, infracción derogada.No hay multa, infracción derogada.

  30. Anthony dice

    3 de marzo de 2017 a las 6:30 pm

    Miguel una consulta, en que caso el cliente no halla hecho el deposito de la detracción o se demore mas de un mes en pagar, que pasa? Hay multas? intereses?
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2017 a las 11:25 am

      Si hay multa, pero al realizar deposito de subsana y la gradualidad es del 100%.

  31. Susana dice

    1 de marzo de 2017 a las 8:14 am

    Estoy actualmente trabajando de cajera, en una empresa de venta de camiones, y quiero saber cómo es el tema de las detracciones, si el cliente paga completa su factura, entonces la detracción la hago yo? y si un cliente tiene crédito con mi empresa, la detracción la debe hacer él?

    Por favor responderme

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de marzo de 2017 a las 7:10 pm

      Si tu cliente no realiza la detracción, tu tienes que hacer la autodetracción. Si tu cliente tiene crédito, el debe realizar la detracción.

  32. Vale dice

    22 de febrero de 2017 a las 3:44 pm

    Hola, si en una factura tengo descripción: servicio (S/1000.00) y venta de repuestos(1,200), la detracción seria por el total? , otra pregunta: ¿el banco BCP te cobrara por tales pagos?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de febrero de 2017 a las 10:06 pm

      Es correcto, por el monto total de la factura, si te cobra comisión.

  33. Eduardo dice

    25 de enero de 2017 a las 11:49 pm

    Buenas noches, puedo visualizar que me han hecho el primer deposito en la cuenta de detracciones, ya puedo usarlo para pagar mis tributos, o hay un tramite anterior? ya esta asociada para usarse con clave sol ? .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 8:04 pm

      Es correcto, ya lo puedes usar para pagar tus tributos.

  34. Isaac dice

    20 de enero de 2017 a las 11:39 am

    Buenas tardes Miguel, una consulta, no tengo afiliado ninguna cuenta a mi clave sol para realizar la autodetraccion, como podria hacer para pagarlo, lo puedo generar y luego depositar …. gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2017 a las 12:27 pm

      Puedes ir al banco de la nación pedir el formulario y lo pagas directamente.

  35. plp dice

    9 de diciembre de 2016 a las 5:45 pm

    hola una consulta, no acepta pagos con decimales no? no puedo pagar la detraccion de una factura por 15.69 xq no admite decimales. entonces lo redondeo? hacia donde? inferior superior?

    Responder
  36. Noemi Ramos dice

    12 de noviembre de 2016 a las 12:54 pm

    Hola, Quisiera saber que va a pasar … no eh pagado mi detraccion de este mes de octubre.
    Agradecere tu pronta respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 3:01 am

      No pasa nada, solo que no podrás usar dicha factura como credito fiscal.

    • Monica Sanchez Davila dice

      15 de diciembre de 2016 a las 7:31 am

      Una consulta tengo ruc como persona natural tengo que tener cuenta de detracción emito facturas y cuantos dias habiles son para hacer el deposito de la detracción. El monto de la factura es el 10 por ciento.
      Espero su respuesta.

    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:41 am

      El plazo es 5 días habiles del siguiente mes en el que se produce la anotación.

  37. Johanna dice

    27 de octubre de 2016 a las 1:04 pm

    Hola, una consulta, Si el servicio que brinda una empresa esta afecta a detracciòn, pero el adquiriente no hizo el deposito a tiempo, y la empresa tampoco realizó la autodetraccion, ¿Cual sería el problema para la empresa que presta el servicio? Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2016 a las 9:38 am

      Ninguno, realiza la autodetracción y tema solucionado. El problema lo tiene el cliente porque lo más probable es que uso el credito fiscal.

  38. Gleni dice

    24 de octubre de 2016 a las 6:15 am

    Hola por fa, soy cliente y necesito hacer el pago de detracciones por alquilers de uso de postes de electrificacion digame con que numero de la tabla tiene que ir por fa ayudame.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2016 a las 3:45 pm

      El 019 – Arrendamiento de Bienes.

  39. Walter dice

    23 de septiembre de 2016 a las 12:31 pm

    Hola, muy buena tu página, ya me suscribí. Una consulta, ¿los macros también funcionan si la factura es en dólares?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2016 a las 12:53 pm

      Claro, tienes que pasarlo a soles previamente.

  40. Isabel dice

    6 de septiembre de 2016 a las 3:22 pm

    Que se puede hacer si el cliente no hizo la detraccion y pago el 100% y el proveedor tampoco y pago sus impuestos a la SUNAT y luego el cliente pide a proveedor que haga la autodestrucción
    Gracias
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de septiembre de 2016 a las 12:14 am

      El perjudicado en este caso es el cliente que no puede usar la factura como credito fiscal, tendrá que esperar la autodetracción del proveedor para usar el credito fiscal.

  41. Liz dice

    5 de agosto de 2016 a las 8:16 am

    Muy interesante gracias por el articulo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de agosto de 2016 a las 7:31 am

      Gracias 🙂

  42. Amanda dice

    11 de julio de 2016 a las 12:49 pm

    Muy buena la informacion, de verdad que me sirvio mucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de julio de 2016 a las 1:33 pm

      Muchas gracias 🙂

  43. Josmel Madrid dice

    27 de agosto de 2015 a las 2:33 pm

    Un gran aporte. Éxitos !

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 4:13 pm

      Muchas gracias 🙂

  44. Abraham Mamani dice

    27 de agosto de 2015 a las 11:19 am

    Muy buena sus aportes nutren a los estudiantes como yo, agradecido, solamente una consulta: Puedo realizar solo la declaración via online y luego pagar en ventanillas la detracción?, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 4:35 pm

      No se puede hacer eso, tienes que hacer el pago online.

  45. Amanda dice

    27 de agosto de 2015 a las 11:17 am

    Muy interesante tu aportacion… me encanta que lo haces lo mas sencillo posible para ser entendido no solo para contadores sino tambien para otros interesados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 4:25 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  46. Fisher dice

    26 de agosto de 2015 a las 6:49 pm

    Muy interesante el tema, pero hay que poner en conocimiento de que si haces el pago mediante este medio el banco te cobra una comisión, soy de la opinión que todo pago de los impuestos utilizando este medio deberían estar exonerados de cualquier comisión bancaria u otros.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:07 am

      Es correcto, el costo aproximado es S/. 3.5 por operación, creo es justo el precio por un servicio que nos ahorra mucho tiempo y lo mejor de todo nos garantiza el uso adecuado del crédito fiscal.

  47. Asociación de Radios dice

    26 de agosto de 2015 a las 5:07 pm

    Gracias por la enseñanza, Dios le bendiga.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:09 am

      Muchas gracia 🙂

  48. Eteisy dice

    26 de agosto de 2015 a las 4:37 pm

    Excelente!!! muy interesante

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:10 am

      Muchas gracias.

  49. Alicia Lupe Ivonne dice

    26 de agosto de 2015 a las 2:31 pm

    Es magnifico leer sus enseñazas, nos capacitamos de una manera facil y concisa . Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de agosto de 2015 a las 2:38 pm

      Gracias alicia 🙂

    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:19 am

      Muchas gracias 🙂

  50. Rosa dice

    26 de agosto de 2015 a las 2:04 pm

    Hola Miguel todos tus articulos son muy interesantes, pero me gustaria mucho que vean temas de NIC, en tus articulos casi nunca hacen mencion y es un tema muy importante.
    Es mas si es posible haz una charla de Normas Internacionales de Contabilidad porque hoy en dia hay que actualizarnos en todo.

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:26 am

      Muchas gracias por el comentario, es un tema muy interesante, lo apuntare para futuros artículos.

  51. Karina dice

    26 de agosto de 2015 a las 12:29 pm

    Miguel gracias por tus enseñanzas diarias!!! , atravez de tus publicaciones me capacito día a día , ojala prontito nos des la noticia de verte en la TV saludos cordiales .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:32 am

      Quizás empiece con el youtube, muchas gracias por el comentario.

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