La SBS informó que modificó su Reglamento de Transparencia
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó su Reglamento de Transparencia determinando cuatro nuevos conceptos que las entidades financieras no podrán cobrar a sus clientes, entre ellos la comisión que cobran cuando los clientes realizan el prepago de sus créditos.
De esta forma, ahora los usuarios del sistema financiero podrán pagar por adelantado sus cuotas o cancelar la totalidad de sus deudas sin que las entidades financieras les cobren una tasa por ello.
Los tres restantes nuevos conceptos prohibidos de cobrarse son el porcentaje por evaluación y administración de las garantías vinculadas a los créditos hipotecarios de viviendas, las retribuciones por la remisión de depósitos al Fondo de Seguro de Depósitos, y los tributos por la emisión y por la entrega de la primera constancia de no adeudo por la cancelación de un crédito.
La SBS tomó esta medida en atención a la entrada en vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo que publicó una resolución que modifica el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero (Reglamento de Transparencia).
Ello para adecuar las disposiciones que rigen los derechos de los usuarios del sistema financiero a aquellos reconocidos en el Código del Consumidor.
Limitaciones
La norma busca desarrollar con mayor detalle, los criterios de determinación y limitaciones que deben darse para el cobro de comisiones o gastos a los usuarios del sistema financiero.
Establece además, como criterio fundamental, que los impuestos que se pueden cobrar deben corresponder a servicios que efectivamente presten las entidades financieras a sus clientes y que, además, puedan ser debidamente sustentados; en caso contrario, las comisiones que no cumplan con este criterio deberán ser inmediatamente eliminadas.
Dijo que la modificación al Reglamento de Transparencia busca brindar un acceso fácil y directo a la información del sistema financiero, a fin de que las entidades bancarias cumplan con su obligación de notificar adecuadamente a sus clientes cuáles son las comisiones o cargos que les cobrarían por cada tipo de producto que les están ofreciendo.
Antecedentes
En el Reglamento de Transparencia anteriormente vigente, la SBS ya había identificado 11 conceptos, los mismos que se dejaron de cobrar en las entidades financieras.
Entre ellos destacan la comisión por el desembolso de un crédito, los tributos por evaluación crediticia del cliente, y las comisiones por la emisión y entrega de la constancia de la situación crediticia del deudor, cuando la empresa bancaria hubiera efectuado un reporte erróneo a la central de riesgos.
Diario Oficial El Peruano (08.07.2011)
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