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Renta Anual 2016 Persona Natural

Publicado por Miguel Torres el 13 de febrero de 2017 89 comentarios

Desde hoy 13 de febrero de 2017 esta disponible el Formulario Virtual 703 para la declaración de la renta anual 2016 de persona natural.

Miguel ¿Quiénes utilizaran el Formulario Virtual 703?

Las personas naturales que hayan generado rentas de primera categoría, segunda categoría y rentas de trabajo y/o fuente extranjera.

[clickToTweet tweet=”Las Personas Naturales utilizarán el Formulario Virtual 703 para declarar la Renta Anual 2016 ” quote=”Las Personas Naturales utilizarán el Formulario Virtual 703 para declarar la Renta Anual 2016″]

Renta Anual 2016

Los sujetos obligados a presentar la renta anual 2016, cuyas rentas sean distintas a tercera categoría fue modificado el 20 de Enero de 2017 mediante la Resolución Superintendencia 012-2017.

Los que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría, siempre que por dicho ejercicio determinen un saldo a favor del fisco en las casillas 161 (rentas de primera categoría) y/o 362 (rentas de segunda y/o rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a aquellas) y/o 142 (rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a estas) del Formulario Virtual N° 703 – Renta Anual 2016 – Persona Natural o arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el Impuesto.

Por lo tanto, solo estarán obligados a presentar el Formulario Virtual 703, los contribuyentes que tengan un saldo a favor del fisco por regularizar o arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores.

Miguel ¿Cómo se si tengo un saldo a favor del fisco por regulariza?

Lo más practico, ingresa con tu clave sol al Formulario Virtual 703 y verifica si tienes impuesto por regularizar.

  • Rentas de Trabajo 2016 – Renta Anual 2016

Formulario Virtual 703

Paso Uno: Ingresemos a la pagina de la Sunat – www.sunat.gob.pe

En la sección servicios, le haces clic al icono “Declare y Pague Renta 2015” (no han actualizado aún la pagina web).

sunat

Ingresaremos los datos de nuestra clave sol.

Paso Dos: En el sección “Formularios” de la mano derecha, seleccionaremos el Formulario 703 Renta Anual PN 2016.

formulario virtual 703

Paso Tres: Ingresaremos al Formulario Virtual 703, este formulario esta compuesto por dos secciones:

  • Sección Informativa
  • Sección Determinativa

seccion infromativa

Paso Cuatro: Primero empezaremos llenando la sección informativa, por ejemplo:

Alquiles Pagados

En esta sección detallaras si has realizado contratos de alquileres (tú como inquilino).

alquileres pagados

Paso Quinto: Pasaremos a la sección determinativa, en esta sección se detallaran los ingresos por rentas de primera, segunda y/o rentas de trabajo.

seccion determinativa

Paso Seis: El llenado del Formulario Virtual 703 es automático, de acuerdo a la información que Sunat ha podido obtener de nuestros movimientos financieros y tributarios.

La tarea es verificar que los datos obtenidos sean los correctos.

Paso Siete: En esta sección revisaremos las rentas de primera categoría, es importante hacer el cruce de información con los contratos de arrendamientos y/o subarrendamientos, así como los pagos a cuentas.

primera categoria

Paso Ocho: Verificaremos la sección de rentas de segunda categoría.

segunda categoria

Paso Nueve: En esta sección es importante revisar los ingresos obtenidos por rentas de 4ta categoría y 5ta categoría.

rentas trabajo

Paso Diez: Nos dirigiremos a la sección determinación de la deuda.

En esta sección ingresaremos los saldos a favor de ejercicios anteriores.

saldo a favor

Paso Once: Finalmente colocaremos el monto a pagar por la renta anual 2016.

Si deseas obtener tu declaración impresa, debes hacer clic en “Reporte Preliminar”

impuesto pagar

Paso Doce: Realizas la presentación de tu declaración, y obtienes tu constancia de presentación.

constacia presentacion

Regularización de Impuestos

Para regularizar el impuesto dependerá del tipo de renta que genere el contribuyente. Los datos consignar serán:

  • Primera Categoría: Código 3072
  • Segunda Categoría: Código 3074
  • Rentas del trabajo: Código 3073

El periodo a consignar será: 13/2016.

pago renta anual 2016

Vencimiento del Impuesto a la Renta Anual 2016

El plazo para presentar la declaración y efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta anual 2016 empezará el 24 de Marzo.

renta anual 2016

ITF – Casilla 522

Sabías que el ITF es conocido como el impuesto chismoso, y razón no le falta.

Por lo tanto, es obligatorio que revises la casilla 522 del Formulario Virtual 703, porque será un indicador para evaluar tu desbalance patrimonial para el ejercicio 2016.

Miguel ¿Por qué es importante el ITF – Casilla 522?

Este valor es un dato muy importante que refleja tú movimiento financiero en el ejercicio 2016, para decirlo de una manera simple: cuanto dinero has movido en las entidades financieros.

En el ejemplo la casilla 522 = S/. 23

casilla 522 ITF

¿Qué significa ese monto, tan pequeñito?

Bueno ese monto significa que la persona natural aproximadamente ha tenido un movimiento financiero de S/ 460,000 soles en ejercicio 2016.

Conclusiones

  1. Presentaran el Formulario Virtual 703, las personas naturales que tengan un saldo a favor del fisco por regularizar, de no haber impuesto por pagar no están obligados a presentar el formulario.
  2. En situaciones especiales como saldos de ejercicios anteriores o saldo a favor en el ejercicio debes presentar el Formulario Virtual 703, para solicitar la devolución.

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89 comentarios

  1. Marilu dice

    26 de abril de 2018 a las 11:51 am

    Hola buenos días una consulta que sucede si no presente mi libro diario del mes de enero 2018 cuanto es mi multa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de mayo de 2018 a las 12:00 am

      La multa 0.3% IN con una rebaja de 90%.

  2. Eduardo dice

    15 de abril de 2018 a las 3:12 pm

    Miguel una consulta? porque aun se encuentran habilitadas en DDJJ ANUALES las rentas de 1ra y 2da categoría?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2018 a las 7:35 pm

      Si ya estan habilitadas en la DJ Anual 2017.

  3. ann dice

    6 de marzo de 2018 a las 5:21 pm

    no me jala automaticamente los montos, cuando ingreso con mi clave sol

    Responder
  4. edson dice

    6 de febrero de 2018 a las 2:48 am

    he delcardo pero aun no he pagado tengo k pagar intereses como los calculo

    Responder
  5. ivan dice

    13 de enero de 2018 a las 9:34 am

    No presente dj 2016 persona natural, pero tengo saldo por pagar que fueron cubiertas por mis retenciones que hicieron en mis recibos. la consulta seria tengo obligación de declarar?? y tengo multa ??

    Responder
  6. Josué Urquiaga dice

    9 de enero de 2018 a las 9:43 pm

    Quisiera regularizar mis declaraciones de renta anual desde el 2013, 2014, 2015 y 2016. ya que tengo varios saldos a favor. Hemos procedido a hacer la declaración de los años 2013 y 2014, pero el año 2015 nos sale un mensaje de error: Error Type error: Cannot read property “setminvalue” of undefined y no puedo acceder a la declaración. Porfavor espero sus comentarios.
    Muchas Gracias.

    Responder
  7. Xiomi dice

    29 de noviembre de 2017 a las 6:27 pm

    Hola Miguel ,gracias por la info…Una consulta si obtengo saldo a favor en el ejercicio 2016…por tu explicación no debería presentar la renta anual porque no tengo deuda con el fisco, pero si en el 2017 tengo tributo por pagar y deseo aplicar el saldo a favor del 2016, podría tomarlo , aunque no haya presentado la declaración anual 2016?¡?.gracias Miguell!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 1:52 am

      Tienes que haber presentado el 2016 para jalar el saldo para el ejercicio 2017.

  8. Ale dice

    8 de julio de 2017 a las 11:18 pm

    Hola buenas noches, el día 21 me llega la notificación para declarar la renta anual 2016, quisiera saber si tengo que pagar alguna multa por no haber declarado, puedo declararlo aun?, se presenta como rectificatoria? gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de julio de 2017 a las 9:26 pm

      Si puedes declararlo, en ese caso al estar fuera de fecha tendrías una multa cuya gradualidad seria 90%.

  9. Melina dice

    12 de junio de 2017 a las 6:17 pm

    Buenas tardes Miguel, una consulta… me llegó una notificación de SUNAT por no haber declarado un préstamo que solicité al banco, lo que deseo saber es en que casilla del formulario debo considerar ese préstamo para poder regularizar mi DDJJ ANUAL. Muchas gracias por tu aporte.

    Responder
  10. Angel dice

    2 de junio de 2017 a las 6:42 pm

    Buenas noches. cuanto es la multa por no presentar la declaración anual de persona natural dentro de los plazos establecido,en el caso no se determine impuesto por pagar.
    Gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2017 a las 8:21 pm

      La multa es 1 UIT con rebaja del 90%.

  11. Dante dice

    29 de mayo de 2017 a las 4:54 pm

    Buen día Miguel, como puedo sacar un reporte del formulario 703 no saqué el reporte preliminar. Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2017 a las 4:34 pm

      Al momento de su presentación, debió generar el reporte, en todo caso pida una copia de la declaración mediante la clave sol o acercase a la Sunat.

  12. Frank dice

    25 de mayo de 2017 a las 3:30 pm

    Hola Miguel, mi consulta es mis ingresos por rentas de 4ta y 5ta son 98 mil, mis retenciones son (7200 saldo a favor), por lo que no hice mi declaración: hoy entre al formulario 703 en determinación de la deuda, casilla 120 tenia un monto de 6 mil y la casilla 130 solo reconocía 4 mil. ¿Tengo que hacer la declaración de renta? de ser el caso ¿tengo que pagar la multa e intereses?GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 12:54 am

      Si tienes monto por pagar, tienes que hacer la declaración. Pago de multa e intereses por declaración fuera de fecha.

  13. Elena Sosa dice

    8 de mayo de 2017 a las 8:20 pm

    Hola miguel, gracias por tu respuesta, soy Elena Sosa, ya verifique en el formulario 703 y no tengo impuesto por pagar a Sunat. ¿Entonces no estoy obligada a presentar renta anual 2016 de PPNN por ingresos de 4ta y 5ta categoría?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de mayo de 2017 a las 2:44 pm

      No estas obligada.

  14. Elena Sosa dice

    6 de mayo de 2017 a las 12:47 am

    Hola miguel tengo ingresos de 4ta y 5ta categoría por s/.27,200 en el año 2016, no hay retenciones en mis recibos por honorarios.
    ¿Estoy obligado a declarar?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2017 a las 9:15 pm

      Lo mas fácil, es ingresar al formulario virtual 703 con tu clave sol y verificar si tienes impuesto por pagar.

  15. Williamas Cordova dice

    27 de abril de 2017 a las 7:46 pm

    Hola Miguel mi duda es que sucede si no se paga mensualmente la renta de 1era categoría hay multa ? Se puede regularizar con la declaración anual? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de abril de 2017 a las 8:11 am

      Si hay infracción, es lógico que tendrás que regularizarlo con la DJ Anual.

  16. cesar dice

    12 de abril de 2017 a las 10:48 pm

    Miguel las cooperativas de ahorro y credito en que tipo renta estan

    Responder
  17. Cronopia VC dice

    12 de abril de 2017 a las 2:38 pm

    Hola Miguel-
    Sabe acerca de la circular interna que se esta aplicando para aquellas personas naturales con renta de trabajo que no hayan declarado a tiempo.

    Responder
  18. Regina dice

    5 de abril de 2017 a las 8:52 pm

    Buen día Miguel, gracias de antemano por tu respuesta.
    Presente Dj renta 4ta 2016 apenas se podía realizar, debía pagar un monto y pagué a cuenta la mitad, acabo de revisar el cronograma y hoy era mi ultimo día, mañana pagare el saldo ,debo pagar multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 12:44 am

      No pagas multa, solo intereses por un día.

  19. Sol dice

    5 de abril de 2017 a las 5:53 am

    Miguel, una consulta: El formulario 703 se puede usar también sólo para consulta?
    Si sale saldo cero, simplemente ya no hago nada más?, es decir ya no importa seguir los demás pasos como guardar en bandeja, etc. Recibo rentas de cuarta y quinta categoría y mi saldo es cero, y la pasé la fecha límite para declarar…lo dejo ahí?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 12:15 am

      Es correcto, tb lo puedes usar para consultar.

  20. Virginia Ruiz dice

    4 de abril de 2017 a las 9:15 pm

    EStimado Miguel, los ingresos como persona natural por soporte de mantenimiento de software a una empresa no domiciliada, se debe declarar como renta de fuente extranjera o renta de tercera categoría?
    Agradeceria tus comentarios.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de abril de 2017 a las 12:22 am

      Renta de tercera categoría.

  21. Rubi dice

    29 de marzo de 2017 a las 12:18 pm

    Buenas tardes miguel, mi consulta, tengo un impuesto resultante de renta de 4ta y 5ta y me olvide declarar el formulario 703, quisiera saber cuanto es mi multa..gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2017 a las 11:45 pm

      La multa es 50% de la UIT, con un descuento del 90%.

  22. Cynthia dice

    27 de marzo de 2017 a las 7:40 pm

    Hola el año pasado no hice suspensión y estos fueron mis montos: Junio : 1100.95. Julio: 2085.90. Agosto: 1552.13.Setiembre: 1800.00. Octubre: 2515.40. Noviembre: 2220.00. Diciembre: 2581.48. Total: 13.856.Debo hacer declaración jurada? La empresa ya me descontó 1011.93 por no haber hecho la suspención.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2017 a las 12:25 am

      Lo mas practico es hacer tu DJ Anual, formulario virtual 703, ahí veras si tienes un monto por pagar.

  23. Clelia dice

    27 de marzo de 2017 a las 9:44 am

    Hola gracias por el aporte, acerca del pago en el caso de persona natural puedo presentar en 0, pagarlo a los 4 días la mitad y fraccionar la mitad? de ser así el pago lo puedo hacer en forma online. o tiene que ser presencial y en formulario físico?
    por favor ayudarme.
    Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2017 a las 12:09 am

      Si puedes pagar una parte y fraccionar el saldo, lo puedes hacer con tu clave sol.

  24. Karina dice

    22 de marzo de 2017 a las 8:34 pm

    Si solo tengo renta de quinta categoría durante el ejercicio 2016 y las retenciones las calcularon mal saliendo un saldo por pagar de 350 soles.¿ Estoy obligado a presentar mi DDJJ de renta del 2016? Muchas gracias por tu respuesta y tu tiempo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de abril de 2017 a las 9:26 pm

      Lo mas practico seria presentarlo y pagarlo.

  25. Lucy dice

    21 de marzo de 2017 a las 12:11 pm

    Hola Miguel, consulta respecto del ITF, si soy persona natural que percibe rentas de 1ra, 2da y 5ta categoría y tengo ITF retenido, puedo deducir el monto del ITF de la base imponible de rentas de trabajo? Muchas gracias por tu pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de marzo de 2017 a las 9:00 pm

      Si el formulario virtual 703 lo deduce automáticamente.

  26. Beatriz dice

    18 de marzo de 2017 a las 1:40 pm

    Hola miguel, muy didáctico y muchas gracias por su presentación!!
    Siguiendo sus indicaciones. en el paso 11, pulse reporte preliminar y salio: ERROR 500- INTERNAL SERVER ERROR.
    the server encounterred an unexpertected condition wich prevented it from fulfilling the request.
    Deseo imprimir el detalle del casillero 107 y 130. mi navegador es chrome.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2017 a las 12:57 am

      Es un problema de conexión con la web de Sunat.

  27. Carlos dice

    13 de marzo de 2017 a las 11:19 am

    Miguel
    Gracias por el aporte a la comunidad.
    Mi consulta es la siguiente… tengo un credito o importe a favor de 5000 solos en la dj de renta de 4y5 , queria saber si depues de solicitar este importe en mi cuenta de ahorros, me haran algún tipo de fiscalización personal de mis documentos o simplemente me lo transfieren a mi cuenta.

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 7:29 pm

      Es posible que puedan revisarte.

  28. Antonio Rey dice

    2 de marzo de 2017 a las 11:45 am

    Hola Miguel, aca mi pregunta , durante el 2016 hasta junio me descontaron por 5ta categoria , a partir de agosto pase a un contrato CAS, en este caso como hago la declaración , por separado, se juntan , agradecería tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de marzo de 2017 a las 12:50 pm

      En una declaración, mediante el formulario virtual 703.

  29. Andrea dice

    2 de marzo de 2017 a las 8:30 am

    Hola Miguel, una consulta: al ingresar veo que no está restando la deducción mencionada del ITF (casilla 522), las casillas 512 y la 513 figura el mismo monto! Sabe alguien si es un error del formulario? Al final en mi caso esa deducción es mínima (creo que varía el IR total en un sol) pero pasa algo al no estar considerándolo?

    Gracias y saludos!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de marzo de 2017 a las 11:44 am

      En teoría debería deducir de la base imponible de 4ta y 5ta. Pero si la implicancia es un sol, no lo veo inconvenientes.

  30. Roxana dice

    27 de febrero de 2017 a las 9:52 am

    Hola Miguel,
    Revisando no se presentaron las declaraciones de Renta Anual de Persona Natural desde el año 2013 al 2015 en la cual tengo saldo a favor del contribuyente, mi consulta es puedo presentar las declaraciones correspondientes a esos años y solicitar la devolución del saldo y tendría alguna multa por no haber declarado a tiempo. Gracias por tu ayuda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de febrero de 2017 a las 3:53 am

      Si tienes multa por cada declaración, pero tb tienes un descuento del 90% si no has sido notificado por sunat.

  31. Rosa dice

    25 de febrero de 2017 a las 12:56 am

    Hola Miguel,
    Súper didáctico como siempre, gracias!! Una consulta, en la casilla 563 puedo colocar el impuesto retenido en 2015 que no se solicitó porque no se declaró(no estaba obligada)? o tengo que declarar el 2015 y pagar la multa por declarac. fuera de plazo para solicitar esa retención?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 10:23 pm

      Tendrías que declarar la DJ Anual 2015.

    • Rosa dice

      27 de febrero de 2017 a las 3:02 pm

      Gracias por la ayuda! Saludos.

  32. Vanessa dice

    20 de febrero de 2017 a las 5:27 pm

    Hola miguel me salio a pagar renta de quinta por s/.1,000.00 de bajar este importe talvez considerando algunos gastos.
    Gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2017 a las 1:40 am

      No se puede bajar dicho monto.

  33. Cynthia dice

    19 de febrero de 2017 a las 7:03 pm

    Gracias por su respuesta joven. Entonces si fue error de ellos debo hacer la declaración jurada para que me devuelvan el dinero q la empresa me està descontado.es del caso que no hice la suspensión.gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2017 a las 2:51 am

      Es correcto.

  34. Giuliana Rodriguez dice

    18 de febrero de 2017 a las 10:02 am

    Hola Miguel, la informacion es excelente. Tenia una duda sobre el paso cuatro de la seccion informativa, poner o no poner lo que has recibido de CTS tiene algun beneficio o perjuicio, por favor sacame de esta duda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2017 a las 11:15 pm

      La CTS no grava 5ta categoría.

    • Giuliana Rodriguez dice

      19 de febrero de 2017 a las 6:23 pm

      Muchas gracias!

  35. Alejandro dice

    16 de febrero de 2017 a las 7:57 am

    Estimado Miguel siempre acertado con tus aportes, he intentado declarar la DJ 703 PN pero a la hora que le doy en AGREGAR A BANDEJA este no se encuentra activo, lo he intentado varias veces pero nada, quisiera que me orientes en que estoy equivocado o es que Sunat ha desactivado dicha opción por el momento.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 7:39 pm

      Si esta funcionando, en todo caso puedes llamar a Sunat – Sección Informatica.

    • Marylind dice

      21 de febrero de 2017 a las 4:16 pm

      Yo tuve el mismo problema… pero cambié de navegador … el Chrome daba ese problema … lo volvi hacer con el MOZILLA y funcionó bien.

    • Miguel Torres dice

      24 de febrero de 2017 a las 12:42 am

      Gracias por el comentario.

  36. Meli dice

    15 de febrero de 2017 a las 6:29 pm

    Si gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de febrero de 2017 a las 7:43 pm

      Gracias, buen dia 🙂

  37. Eliana dice

    14 de febrero de 2017 a las 9:59 am

    Gracias colega Miguel, por mantenernos informados y actualizados. que te sigan los éxitos, porque es el fruto de tu esfuerzo y trabajo.
    saludos y un feliz día de la amistad.

    Eliana

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de febrero de 2017 a las 11:54 am

      Muchas gracias, buen día 🙂

  38. Olegario dice

    14 de febrero de 2017 a las 8:30 am

    Gracias miguel, por las orientaciones y especificaciones, y por las actualizaciones que nos das a conocer, para estar pendiente dentro de nuestra profesión, saludos cuidese.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de febrero de 2017 a las 11:57 am

      Gracias amigo, buen día 🙂

  39. Manuel Barriga dice

    13 de febrero de 2017 a las 12:22 pm

    Excelente tu aportación, muy claro…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 6:14 pm

      Gracias, buen fin de semana 🙂

  40. Guillermo Sánchez dice

    13 de febrero de 2017 a las 11:27 am

    Muy didáctico, excelente para aprender y enseñar también. Éxitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 6:10 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  41. Vanessa dice

    13 de febrero de 2017 a las 11:25 am

    Muy buena información, gracias por la orientación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 6:10 pm

      Gracias, buen día 🙂

  42. Hilari dice

    13 de febrero de 2017 a las 10:53 am

    Gracias Miguel!!! Entonces las personas de cuarta categoría que han emitidos RXH mas de 25000 anuales , ya no están obligados a declarar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 6:04 pm

      Ya no, solo si tienes impuesto por regularizar a favor del fisco.

  43. Rosa dice

    13 de febrero de 2017 a las 10:40 am

    Gracias Miguel por las clases enseñanzas muy practicas genial saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 6:04 pm

      Muchas gracias, buen día 🙂

  44. Mariz Lozada dice

    13 de febrero de 2017 a las 9:25 am

    Resultados de búsqueda para: gracias Miguel eres genial, didáctico, práctico para enseñar ¡¡¡exitos!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2017 a las 9:28 am

      Muchas gracias, buen día 🙂

  45. Artemio Luis Reyes Martínez dice

    13 de febrero de 2017 a las 8:59 am

    Muy buen comentario, es importante revisar bien los conceptos, en la DD.JJ del 2014 me duplicaron como 06 recibos de honorarios, felizmente los corregí, el sistema lo permitía, ojalá el del 2016 lo permita.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2017 a las 9:32 am

      Gracias por la recomendación y experiencia.

  46. Nelly fernandez dice

    13 de febrero de 2017 a las 8:47 am

    Gracias Miguel como siempre tus consejos son muy buenos y ha tiempo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2017 a las 9:34 am

      Gracias éxitos 🙂

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