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Registro de Exportadores de Servicios Sunat

Publicado por Miguel Torres el 27 de noviembre de 2017 19 comentarios

Miguel ¿Cómo realizo la inscripción al Registro de Exportadores de Servicios?

Muy fácil, por medio de tu clave sol.

Como recordaremos la Ley 30641 – Ley que fomenta la exportación de servicios y el turismo, modifico algunos artículos de la Ley de IGV.

Uno de los beneficios principales que menciona la norma es:

La exportación de servicios ya no estará gravada por el Impuesto General a las Ventas, gracias a la nueva ley promulgada por el Estado.

También, la eliminación del Apéndice V del TUO de la Ley del IGV (20 operaciones que calificaban como exportación de servicios).

Pero, existían algunos requisitos por cumplir.

Uno de ellos era estar inscrito en el Registro de Exportadores de Servicios a cargo de la SUNAT.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Registro de Exportadores de Servicios
    • Inscripción Registro de Exportadores de Servicios
  • Libros Electrónicos
  • Comprobantes Electrónicos

Registro de Exportadores de Servicios

Hoy, se emitió la Resolución Superintendencia 312-2017/SUNAT donde estable el procedimiento para realizar la inscripción en dicho registro.

Para el registro, se deberá ingresar a la clave sol (Sunat habilitara la opción correspondiente).

Adicionalmente, algunas obligaciones que conlleva la exportación de servicios.

Inscripción Registro de Exportadores de Servicios

Ingresamos a nuestra clave sol. Hacemos clic en el menú MI RUC Y OTROS REGISTROS.

Registro de Exportadores de Servicios Sunat

Luego, debemos señalar el tipo de servicios que vamos a prestar. No se puede seleccionar más de uno.

inscripcion del registro de exportadores de servicios

Si tu empresa prestara más de un servicio, señala el más importante.

Finalmente, se confirmara nuestra inscripción.

confirmacion de inscripcion exportadores de servicios

Revisáremos la confirmación en nuestro buzón sol.

Libros Electrónicos

Estarán obligados a llevar los registros de manera electrónica, por las operaciones o actividades realizadas a partir del 1 de enero de 2018, aquellos sujetos que hubieren realizado y/o realicen por lo menos una operación de exportación a que se refiere el quinto párrafo o los numerales 4, 6, 9, 10, 11 y 12 del artículo 33° de la Ley del IGV en el periodo comprendido entre el 1 de setiembre de 2017 y el 31 de diciembre de 2017.

Requisito

  • Haber realizado una operación de exportación entre el periodo 01/09/2017 al 31/12/2017.
  • Si a la fecha ya presentas los libros electrónicos, esta obligación no lo tomarás en cuenta.

Obligación

  • Presentación del Registro de Compras y Registro de Ventas en formato electronico.

Comprobantes Electrónicos

Designase como emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica para la emisión de facturas, notas de crédito y notas de débito a los sujetos que a partir del 1 de enero de 2018 realicen una o más operaciones de exportación a que se refiere el quinto párrafo y/o los numerales 4, 6, 9, 10, 11 y 12 del artículo 33° de la Ley del IGV y solo respecto de esas operaciones.

Obligación

  • A partir del 01 de enero de 2018 estarán obligados a emitir comprobantes electrónicos respectos a dichas operaciones (exportación de servicios).

Conclusión

  1. El beneficio otorgado mediante la Ley Nº 30641, estará condicionada a dos obligaciones, libros electrónicos y emisión de comprobantes electrónicos.

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19 comentarios

  1. Thania dice

    22 de octubre de 2020 a las 1:50 am

    Buen día Miguel
    Una consulta, una persona natural que se encuentra en el Régimen Especial puede emitir la Factura por exportación de servicio?, y sus libros son computarizados desde que fecha debería llevar libros electrónicos.

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2020 a las 8:57 am

      Desde la fecha que emite el CPE,debe llevar libros electrónicos.

  2. Enmanuel Mendoza Espinoza dice

    2 de enero de 2020 a las 12:12 pm

    Miguel, puedo emitir facturas de exportación de servicios, sin estar registrado en el registro de EXPORTADORES DE SERVICIOS ? y cuál sería el impacto tributario?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de enero de 2020 a las 12:12 pm

      No gozar de los beneficios mencionados, por ejemplo 0% IGV.

  3. Maria dice

    11 de septiembre de 2019 a las 10:46 pm

    Hola Miguel
    Voy a recibir una remuneración del exterior (comisión por venta) por colocar pedidos en el país (pedidos de suscripción a un software extranjero online) a favor de una empresa no domiciliada.
    Constituye este tipo de servicio un servicio de exportación?

    Responder
  4. Benjamin dice

    24 de junio de 2018 a las 4:36 pm

    Hola Miguel,
    una consulta. Si desarrollo una pagina web para una empresa, o me contratan remotamente, cuenta esto como exportación de servicio y estaría exonerado del IGV?

    Responder
  5. Luis Diaz dice

    15 de junio de 2018 a las 10:10 am

    Hola Miguel, que sucede que un contribuyente no se registra y aun asi emitte el comprobante de pago electrónico?.. La operacion calificaria como una venta local y por ende tendriamos que afectarla al IGV?. apreciaria tus comentarios. Gracias!.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2018 a las 2:20 pm

      Si es correcto, porque es requisito estar apuntado en la lista para gozar del beneficio.

  6. Angie Rojas dice

    18 de abril de 2018 a las 5:17 pm

    Hola, una consulta una vez que me inscribo en el registro de exportadores de servicios, ya puedo emitir una factura electronica a otro país? y cual seria el procedimiento para emitir la factura ya que en la pagina web de la sunat siempe pide RUC?

    Responder
  7. Martha Pedroza dice

    14 de enero de 2018 a las 10:32 am

    Bueno el comentario sobre exportación de servicios ,sin embargo faltaría saber si es requisito un contrato de servicios con el cliente del exterior y a que se refiere la norma cuando señala : uso explotación o aprovechamiento de los servicios por parte del no domiciliado si el servicio se presta en el Perú ( ejemplos del uso y aprovechamiento). Por favor modelo de contrato.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2018 a las 4:28 am

      Es correcto, no tengo dicho modelo.

  8. Georgina dice

    11 de enero de 2018 a las 11:59 pm

    Buenos días Miguel , una hostal que es exportador de servicios de hospedaje y que según la resolución de superintendencia 155-2017 SUNAT está obligado a emitir facturas electrónicas en agosto se mantiene esa fecha ? o es en enero la obligación para emitir facturas electrónicas por la exportacion de servicios de hospedaje.
    Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2018 a las 4:28 am

      Es en Julio 2018 por exportación de servicios, todas tus obligaciones a partir de agosto 2018.

  9. Diego dice

    19 de diciembre de 2017 a las 12:51 pm

    Buen día Miguel, y en el caso de las Agencias de Viajes y Operadores Turísticos así como restaurantes turísticos; que atienden a turistas extranjeros, será necesario enviar PLE 5.0 y facturar de manera electrónica? Porque en el alta para exportador de servicios en la página de SUNAT no sale el servicio de operador de turismo.
    GRACIAS.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2018 a las 4:26 am

      Es una consecuencia del beneficio, si te acoges estarás obligado a emitir comprobantes electrónico y llenar tus libros en formato electrónico.

  10. Luis dice

    15 de diciembre de 2017 a las 12:35 am

    Miguel buenos días los libros electrónicos se refiere al registro de ventas y registro de compras ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 5:01 am

      Es correcto.

  11. Beltran dice

    29 de noviembre de 2017 a las 11:45 am

    Buen Dia Miguel
    Tengo una consulta en el caso de los establecimientos de hospedaje que realizan exportación de servicios y que presentan PDB para compensar el Saldo a Favor Materia de Beneficio contra impuesto a la renta. Hay algún cambio con la implementacion de estas nuevas normas?

    Gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de noviembre de 2017 a las 2:48 pm

      Obligado a utilizar libros electrónicos y emisión de comprobantes electrónicos por los servicios de exportación.

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