Luego de leer el artículo publicado por Miguel respecto “Tengo un amante, ¿Tengo algún beneficio laboral o tributario?, estuve pensando en cómo conectar dicha información tal vez de una forma complementaria o relacionada con un tema legal recurrente en la vida cotidiana, por lo que se me ocurrió desarrollar algo que conecté con ese término “amante” y no hay nada más cercano que el estado civil de una persona; aunque no hable del amante específicamente puede también ser participe en el tema que desarrollare en los siguientes párrafos.
El problema a desarrollar en el presente artículo es respecto a la incorrecta consignación del estado civil ante RENIEC de parte del titular, a causa de desconocimiento, error u otros motivos que pueda consignar dicha institución como causal de Rectificación. En la mayoría de casos cuando tienen el presente problema se dirigen a preguntar a su abogado sobre como “Rectificar su estado civil”, este último le responderá con total seguridad que necesariamente tiene que iniciar un proceso judicial, lo que es totalmente falso y ello lo demostrare con el desarrollo del artículo.
Base legal: Código Civil Peruano, Código Procesal Peruano, Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativo del Registro Nacional de Identidad y Estado civil.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
1. ¿Qué es el Estado Civil?
Previo al desarrollo de la problemática que nos hemos propuesto es necesario desarrollar una definición practica y entendible sobre ¿Qué es el estado civil?; está de más decir que “el amante” (no te sientas excluido) no forma parte de la presente figura legal.
Definición: El estado civil es la situación en que se encuentra una persona en relación a su estado sentimental, pero desde el enfoque legal dicho estado es creador de derechos y obligaciones.
En pocas palabras si cuentas con pareja o no; o eres de esas personas que dicen la frase típica: “Mejor solo que mal acompañado”
Definición de forma práctica:
2. Clases de Estado Civil
Recuerden que la siguiente especificación es según a la realidad peruana, ya que en otros países como Argentina, España, Chile cuentan con distintas clasificaciones.
- Soltero/a: Estado civil que no cuenta con relación sentimental alguna. “Soltero, pero nunca solo”
- Casado/a: Estado civil que se contrae mediante el matrimonio civil de dos personas de distintos sexos.
- Comprometido: Estado civil en que una pareja está a disposición de contraer matrimonio civil.
- Viudo: Estado civil adquirido por fallecimiento de uno de los esposos.
- Divorciado: Estado civil cuando concluye el matrimonio civil por causas tipificadas en la ley.
- Conviviente: Estado civil cuando existe la Unión de hecho.
OJO: Para el RENIEC son válidos en sus registros internos los siguientes estados civiles: Soltero, Casado, Viudo o Divorciado. En el caso del Documento Nacional de Identificación solo se consigna si eres SOLTERO (S) o CASADO (C).
3. Procedimiento Administrativo de Rectificación de Estado Civil (RENIEC)
Como lo mencione desde un inicio, si usted tiene problemas con su estado civil a causa de algún error suyo u otros factores que también analizaremos en la presente sección; debemos de conocer que la primera vía de acción ante un caso “De Rectificación de estado civil” es la administrativa que se inicia ante RENIEC y no por Demanda Judicial.
3.1 ¿En qué consiste el procedimiento administrativo de Rectificacion de estado civil?
Es un procedimiento en que el TITULAR solicita la Rectificacion administrativa del estado civil en el Registro Único de Identificación de las personas.
3.2 Causales de Rectificacion, requisitos y procedimiento:
A) CASO EN QUE EL TITULAR DE LA INSCRIPCIÓN, ESTE CASADO RELIGIOSAMENTE, ANTES DE SU DECLARACIÓN COMO CASADO EN EL REGISTRO, HABIENDO EFECTUADO LA DECLARACIÓN, EN LA CREENCIA QUE EL MATRIMONIO RELIGIOSO GENERA EFECTOS CIVILES, Y EFECTUÉ EL PEDIDO EXPRESO DE LA RECTIFICACION, CONJUNTAMENTE CON LA PERSONA CON LA QUE CONTRAJO MATRIMONIO RELIGIOSO.
El presente caso sucede por una mala concepción de las partes respecto al Matrimonio Religioso, ya que este no genera derechos ni obligaciones como el Matrimonio Civil.
Requisitos:
- Solicitud dirigida a la Subgerencia de Investigación y Depuración, según “Formato de Solicitud de Rectificacion Administrativa de Estado Civil”, suscrito por el titular, conjuntamente con la persona que contrajo matrimonio religioso
- Adjuntar Declaración Jurada de Estado Civil
- Partida de Matrimonio Religioso, certificada por Notario Eclesiástico, en lo que los datos de los contrayentes deberán coincidir con los consignados en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales
- Otros elementos de prueba
- Recibo de pago de Derechos Administrativos. (S/ 81.80 – En Banco de la nación)
*Excepcionalmente, si uno de los solicitantes se encuentra fallecido, el único peticionante adjuntará una copia certificada del Acta de Defunción
CASO Nº 01:
Giordan se casó con Lucia media Matrimonio Religioso en el año 2017, por lo que Giordan declara como casado ante la RENIEC pese a no ser acreedor de Derecho civiles y obligación acorde a la ley para la respectiva inscripción en dicho registro. Después de un año, Giordan visita RENIEC para rectificar su estado civil, pero se encuentra con la sorpresa que su Matrimonio declarado no es acorde a la legalidad de los registros. John, ¿Cuál es el procedimiento?
Procedimiento:
- Presentar la respectiva solicitud con sus respectivos requisitos en una Oficina Registral de RENIEC o Agencia RENIEC
- Plazo de Calificación la solicitud: 30 días hábiles
- Admitida la solicitud, deberás cumplir con publicar un EDICTO en el Diario El Peruano y en otro de mayor circulación. (Es solamente una vez y pagado por el solicitante)
- RENIEC inscribirá en su registro la Rectificacion de su estado civil.
OJO: Mediante el EDICTO, las personas que pueden ser perjudicadas puede formular Oposición. Además, en este tipo de procedimiento procede recurso de Reconsideración (Presentarlo 15 días hábiles después de la notificación de la resolución disconforme) y Apelación (Presentarlo 15 días hábiles después de la notificación de la resolución disconforme.
B) CASO EN QUE EL TITULAR DE LA INSCRIPCIÓN, HUBIESE DECLARADO SU ESTADO CIVIL DE CASADO ANTE EL REGISTRO, SIN HABER INSCRITO EN LA OFICINA CONSULAR DEL PERU EN EL EXTRANJERO, O EN LA OFICINA DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL EN TERRITORIO NACIONAL, SU MATRIMONIO CIVIL CELEBRADO ANTE AUTORIDAD EXTRANJERA
El presente caso solo aplica en casos de Matrimonios civiles adquirido en Territorio y autoridad extranjera.
Requisitos:
- Solicitud dirigida a la Subgerencia de Investigación y Depuración, según “Formato de Solicitud de Rectificacion Administrativa de Estado Civil”, suscrito por el titular, indicando no haber suscrito su matrimonio en el extranjero ante autoridad peruana.
- Adjuntar Declaración Jurada de Estado Civil
- Partida de Matrimonio, celebrada en el extranjero, debidamente apostillada o legalizada por el Cónsul del Perú en el extranjero, y refrendada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; si estuviera asentada en otro idioma, deberá ser traducida.
- Constancia de No inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero, expedida por el Consulado Peruano correspondiente, la misma que deberá estar debidamente certificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Otros elementos de prueba
- Recibo de pago de Derechos Administrativos. (S/ 81.80 – En Banco de la nación)
CASO Nº 2:
Andrea y Juan se casaron en Chile, ambos son peruanos, pero decidieron contraer Matrimonio civil en dicho país. Por lo que, luego de varios años de residencia, regresan al Perú, y declaran ante RENIEC su matrimonio civil, pero no logran sustentar dicha información con la documentación adecuada. Visitan RENIEC y le indica una serie de requisitos. John, ¿Cuál es el procedimiento?
Procedimiento:
- Presentar la respectiva solicitud con sus respectivos requisitos en una Oficina Registral de RENIEC o Agencia RENIEC
- Plazo de Calificación la solicitud: 30 días hábiles
- Admitida la solicitud, deberás cumplir con publicar un EDICTO en el Diario El Peruano y en otro de mayor circulación. (Es solamente una vez y pagado por el solicitante)
- RENIEC inscribirá en su registro la Rectificacion de su estado civil.
OJO: Mediante el EDICTO, las personas que pueden ser perjudicadas puede formular Oposición. Además, en este tipo de procedimiento procede recurso de Reconsideración (Presentarlo 15 días hábiles después de la notificación de la resolución disconforme) y Apelación (Presentarlo 15 días hábiles después de la notificación de la resolución disconforme.
C) CASO EN QUE EL TITULAR DE LA INSCRIPCION, POR ERROR DE APRECIACION DE SU RELACION CONVIVENCIAL, HAYA DECLARADO EL ESTADO CIVIL DE CASADO, AL MOMENTO DE EFECTUAR EL TRAMITE DE SU REINSCRIPCION, O EL DE CANJE POR RENOVACION DE SU LIBRETA ELECTORAL, ANTE EL REGISTRO ELECTORAL DEL PERU.
La presente causal es respecto al Desconocimiento del Titular del estado civil de Conviviente, ya que declara estar Casado cuando en realidad dicha situación no tiene las mismas condiciones que el Matrimonio Civil.
Requisitos:
- Solicitud dirigida a la Subgerencia de Investigación y Depuración, según “Formato de Solicitud de Rectificacion Administrativa de Estado Civil”, suscrito por el titular, indicando de forma clara, precisa y de acuerdo a los campos requeridos en el formato, los motivos de su indebida declaración de estado civil.
- Adjuntar Declaración Jurada de Estado Civil
- Otros elementos de prueba (Constancia Negativa de Acta de Matrimonio – RENIEC y Declaración Jurada de Conviviente de haberlo)
- Recibo de pago de Derechos Administrativos. (S/ 81.80 – En Banco de la nación)
CASO Nº 3:
Osber Torres tiene una relación de convivencia no reconocida judicialmente de 20 años con Catalina; cuando Osber se apersono a RENIEC para hacer el cambio de Libreta Electoral por el DNI, indico que su estado civil era de Conviviente. Pero el funcionario receptor de dicha información consigno erróneamente el estado civil de casado. John, ¿Cuál es el procedimiento en dichos casos?
Procedimiento:
- Presentar la respectiva solicitud con sus respectivos requisitos en una Oficina Registral de RENIEC o Agencia RENIEC
- Plazo de Calificación la solicitud: 30 días hábiles
- Admitida la solicitud, deberás cumplir con publicar un EDICTO en el Diario El Peruano y en otro de mayor circulación. (Es solamente una vez y pagado por el solicitante)
- RENIEC inscribirá en su registro la Rectificacion de su estado civil.
OJO: Mediante el EDICTO, las personas que pueden ser perjudicadas puede formular Oposición. Además, en este tipo de procedimiento procede recurso de Reconsideración (Presentarlo 15 días hábiles después de la notificación de la resolución disconforme) y Apelación (Presentarlo 15 días hábiles después de la notificación de la resolución disconforme.
4. Proceso Judicial no contencioso de Rectificación de Estado Civil
Aunque la vía judicial es una opción para adquirir una resolución de cosa juzgada, en caso decidas ir por la vía administrativa y sea rechazada tu solicitud pese haber planteado los recursos correspondientes; como segunda instancia tienes el Proceso judicial de Rectificacion de estado civil. Según nuestro Código Civil dicho proceso se encuentra desarrollado como proceso de “Inscripción y Rectificacion de partida”.
¿Cuál es el objeto del proceso judicial de Rectificacion?
Este proceso tiene como finalidad Rectificar el Estado civil del Demandante.
¿Cómo procede la demanda?
En estos casos de Rectificacion de estado civil solo procede cuando el JUEZ lo considere entendible, es decir que se ampara en lo que indica el código Civil respecto a nuestra demanda debe precisar claramente lo que se solicita.
¿Quién es el Juez Competente?
La demanda debe presentar ante Juez de Paz letrado. En cuanto a la competencia territorial, corresponde al Juez del lugar de tu domicilio o el que interponga la demanda.
¿Quién puede interponer la Demanda por Rectificacion de estado civil?
- El titular que solicita la respectiva Rectificacion del estado civil
- Cualquiera de los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, solamente en caso de fallecimiento del titular.
- Cualquiera de los cónyuges por fallecimiento
CASO Nº 1:
Osber Torres tiene una relación de convivencia no reconocida judicialmente de 20 años con Catalina; cuando Osber se apersono a RENIEC para hacer el cambio de Libreta Electoral por el DNI, indico que su estado civil era de Conviviente. Pero el funcionario receptor de dicha información consigno erróneamente el estado civil de casado. John, ¿Cuál es el procedimiento judicial en dichos casos?
Procedimiento judicial:
A) Demanda:
- Interpuesta ante el Juez de Paz Letrado de tu domicilio
- Procede mediante proceso No contencioso
- Se debe precisar los fundamentos de hechos claramente (Se debe indicar que se solicita por ejemplo LA DECLARACION JUDICIAL DE SOLTERIA)
- Se debe adjuntar los siguientes medios probatorios: Declaración Jurada del Conviviente, Declaración Testimonial de testigos y Constancia Negativa de Inscripción de matrimonio – RENIEC
- Se debe indicar los Fundamentos de derecho
- Firmado por un abogado
*Después de cumplir con todos los requisitos mencionados en el presente artículo y los demás requisitos que indica el código procesal civil; se presenta en la respectiva Mesa de Partes del Juzgado correspondiente.
B) Admisorio y Publicación
Luego de presentada la demanda, el Juez correspondiente emitirá un Auto Admisorio o de Inadmisibilidad (En este caso subsanable en un plazo determinado), luego de evaluar todos los requisitos de validez.
Admitida la demanda, el juez dispondrá lo siguiente:
- La fecha para la audiencia de actuación y declaración judicial, la que debe de realizarse dentro de los 15 días siguientes.
- Dispondrá la publicación de un extracto de la solicitud (EDICTO)por única vez, en el diario El Peruano y otro diario que tenga mayor circulación.
OJO: Los documentos que contienen los edictos serán autorizados por abogado, como requisito para su publicación.
C) Notificación y Contradicción
El Admisorio se notificará al demandado RENIEC para que formule contradicción dentro del quinto día de notificado. En caso contradiga, debe anexar los medios probatorios correspondientes. El juez resolverá si es procedente o no la Contradicción.
D) Audiencia y Sentencia (DECLARACION JUDICIAL DE SOLTERIA O CASADO)
De haber o no haber contradicción, el juez ordenara actuar los medios probatorios anexados a la demanda en la respectiva audiencia. Concluido el trámite, el Juez dictara sentencia y ordenara la entrega de copia certificada de lo actuado al interesado. Dicha sentencia es inimpugnable.
5. Conclusiones
- La Rectificación de estado civil solamente se puede interponer por vía administrativa o Judicial. En caso especiales por vía notarial.
- Los procesos son eficientes y no demoran más de 1 año.
- La Rectificación de estado civil dependerá de la documentación y la actuación probatoria correspondiente.
Bruno Zuñiga Escate dice
Querido Jhon mi mama fallecio y la reniec dice que fallecida solo me corresponde hacerlo judicial , pero El juzgado me contesto improcedente , que hago.Su dni de mi mama aparece como casada , pero es un matrimonio religioso , asi estaba en su libreta electoral cuando Ella canjeo.
Chavelita dice
Hola John, me pregunto si aplicaria una rectificacion de estado civil en Reniec si se tiene una sentencia de divorcio extranjera de USA, la cual ha legalizada en el consulado, traducida oficialmente y certificada por el ministerio de relaciones exteriores. Inicie un caso de exequatur que no avanza y es costosisimo. Ya llevo mas de 2 años divorciada. Gracias de antemano por tu respuesta.
Manuel dice
Muy buen artículo felicitaciones John muy acertado hacer conocer esta tipo de trámite q y así estar informado según el caso en el q se encuentre cada ciudadano
John Torres dice
Muchas Gracias Estimado Manuel!
Muy pronto vendrán nuevos artículos
Manuel dice
Muy buen artículo felicitaciones John