Miguel ¿Quiénes están obligados a llevar un sistema de contabilidad de costos?
En el inciso a) del artículo 35 del reglamento del Impuesto a la Renta nos menciona la respuesta:
Cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores a mil quinientas (1,500) Unidades Impositivas Tributarias del ejercicio en curso, deberán llevar un sistema de contabilidad de costos, cuya información deberá ser registrada en los siguientes registros: Registro de Costos, Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y Registro de Inventario Permanente Valorizado.
Por lo tanto, estarán obligados a llevar un sistema de contabilidad de costos las empresas cuyos ingresos brutos durante el ejercicio hayan sido mayores a 1500 UIT.
Sistema de Contabilidad de Costos
El sistema de contabilidad de costos incluyen tres registros contables:
- Registro de Costos
- Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas
- Registro de Inventario Permanente Valorizado
Registros Electrónicos
Los tres registros antes mencionados deberán llevarse en formato electrónico las empresa designadas como PRICOS que cumplan dos requisitos:
- Ingresos brutos iguales o superiores a 3000 UIT
- Pricos que pertenezcan a la Intendencia Nacional
Conclusión
- Están obligados a llevar un sistema de contabilidad de costos las empresas cuyos ingresos brutos durante el ejercicio hayan sido mayores a 1500 UIT.
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Buenas noches, eso aplica solo para las empresas industriales o para todo tipo d empresa?
Existe excepción para el registro de costos para empresas industriales que no realicen un proceso de transformación.