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Inicio » Comprobantes Electrónicos » Multa por no informar los Comprobantes de Contingencia

Multa por no informar los Comprobantes de Contingencia

Publicado por Miguel Torres el 18 de noviembre de 2021 9 comentarios

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Miguel ¿Cuanto es la multa por no declarar los comprobantes de contingencia?

La multa es muy parecida a una declaración informativa, es más la acción de declarar un comprobante de contingencia es una declaración informativa.

Por lo tanto, podrás sustituir la declaración, así como rectificar la declaración.

Comprobantes de Contingencia

Miguel ¿Qué es un comprobante de contingencia?

Los comprobantes de pago en contingencia son emitidos por un emisor electrónico que no ha podido emitir un comprobante electrónico, motivado por causas no imputables a él.

Te comparto un artículo que escribí el año pasado sobre el tema:

  • ¿Qué es un Comprobante de Contingencia?

Por otra parte, una vez emitido el comprobante de pago de contingencia, existe la obligación de declararlo.

Miguel ¿Cuál es el plazo para Registrar Comprobantes de Contingencia?

El plazo es de siete días calendarios contando desde el día siguiente calendario de la fecha de emisión.

  • Cómo enviar los Comprobantes de Contingencia

Multa por no informar Comprobantes

La infracción por no informar el comprobante de pago de contingencia está tipificado en el numeral 2 del artículo 176 del código tributario:

No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos.

Miguel ¿Cuanto es la multa por informar los comprobantes de contingencia?

Depende, según el tipo de contribuyente.

  • Tabla I: 30% UIT
  • Tabla II: 15% UIT

Gradualidad 

Por otra parte, si se subsana antes de cualquier notificación de la Sunat, la sanción pecuniaria se reducirá en 100%.

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Conclusión

  1. La multa es 30% UIT por no declarar los comprobantes de pago de contingencia para las empresas del Regimen General o regimen Mype Tributario

Recomendación

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9 comentarios

  1. Isabel dice

    4 de enero de 2023 a las 2:47 pm

    Hola Miguel una consulta si emití una factura física de contingencia, en cuantos días calendario puedo declarar ante la sunat hay mucha controversia ya que algunos dicen 3 días y otros 7 días. ayuda por favor.

    Responder
  2. Angelica dice

    23 de noviembre de 2021 a las 7:25 am

    Gracias por sus comentarios son muy útiles, enviar a mi correo horarios y temas a desarrollar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2021 a las 10:46 am

      Okis, le enviamos el correo.

  3. Jorge dice

    22 de noviembre de 2021 a las 5:17 pm

    Saludos cordiales, con relación a los comprobantes de contingencia pero anulados, cuál es el procedimiento con estos documentos?. Gracias por su atención.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de noviembre de 2021 a las 4:39 am

      Ninguno, solo lo declaras como a anulado en tu registro de ventas.

  4. Magali Ramirez Arce dice

    19 de noviembre de 2021 a las 12:00 pm

    Muy buen tema y entendible, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2021 a las 4:24 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  5. Gilmer dice

    18 de noviembre de 2021 a las 9:46 pm

    Hola miguel, que pasa si se informa los comprobantes en contingencia vencido el plazo de 7 días hábiles, Si SUNAT lo acepta y si fue antes de cualquier notificación. queda sin efecto a multa ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2021 a las 4:28 pm

      Es correcto.

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