No procede el cobro de arbitrios en base a una ordenanza cuyos parámetros y criterios de distribución del costo global no guardan relación razonable con el servicio.
“Se revoca la apelada que declaró improcedente la reclamación interpuesta contra las Resoluciones de Determinación emitidas por Arbitrios Municipales el primer a cuarto trimestres de 1997, en aplicación del criterio establecido en la RTF N° 06776-2-2005 que señala que del análisis de la OrdenanzA N° 108 emitida por el SAT, que regulaba los Arbitrios del año 1997 se concluye que los parámetros y criterios de distribución del costo global del servicio utilizados, no guardan relación razonable con la intensidad del uso del servicio y por tanto no podían sustentar válidamente el cobro de tributos, por lo que procede dejar sin efecto las Resoluciones de Determinación materia de cobranza”.
Resolución del Tribunal Fiscal N° 01950-4-2007
Fecha: 07 de marzo de 2007
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