¿Qué pasa si no deposito el íntegro de la detracción de una operación? ¿Puedo utilizar el crédito fiscal?
La respuesta No, mientras no se depositó el íntegro de la detracción de una operación (Factura), no se puede utilizar el crédito fiscal de esta.
En primer lugar, podemos citar el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 940:
Artículo 7.- Momento para efectuar el depósito
El depósito deberá efectuarse en su integridad en cualquiera de los siguientes momentos, de acuerdo a lo que establezca la SUNAT teniendo en cuenta las características de los sectores económicos, bienes o servicios involucrados en las operaciones sujetas al Sistema.
El artículo 7 nos menciona el momento para efectuar el depósito de la detracción, pero con una característica: INTEGRIDAD.
Por lo tanto, si no se realiza él integró del depósito de detracción de una FACTURA, no se podrá utilizar el crédito fiscal.
Miguel ¿Qué pasa si posteriormente lo subsano y deposito la diferencia?
En el periodo de subsanación, donde completaste el íntegro de la detracción, podrás utilizar el crédito fiscal de la factura.
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