Mediante la Resolución Ministerial N° 026-2012-TR, publicada el día de hoy viernes 20 de enero, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha prorrogado lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 267-2011-TR del 08.09.2011 en el sentido de que la fiscalización de las obligaciones derivadas del Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) durante los seis primeros meses calendarios (Enero – Junio) de este año 2012 será preferentemente de carácter preventivo por lo que la Inspección del Trabajo realizará actuaciones de orientación y asesoramiento técnico en dicha materia.
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4 comentarios
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ana maria pigato dice
si yo contrato a trabajadores el 20 de agosto y lo quiero registrar con contrato de trabajo en t-registro. hoy 28 de agosto estoy en falta ???.
pero si el ministerio de trabajo me da 15 dias para registrar el contrato de trabajo. como seria en este caso?? tengo sancion o no??
gracias
Miguel Torres dice
Son dos temas diferentes, el plazo de T-Registro es en el día que empieza a laborar el trabajador.
William dice
quiere decir que si por ejemplo, no di de baja a un trabajador en el t-registro hasta 2 días del cese, no incurro en falta. claro esta, hasta este mes de junio ya que en julio si seria causal de multa no declarar en las fechas que se establece.
Miguel Torres dice
Es correcto, pero tratemos de respetar las fechas.