Quisiera saber si una empresa constructora que recién inicia sus operaciones y comienza con la edificación de viviendas, tiene algún beneficio por que me han comentado que por recién iniciar sus operaciones y construir viviendas no paga impuesto a la renta el primer año.
Respuesta
En lo referente al Impuesto a la Renta aplicable a las empresas constructoras existe una ALTERNATIVA, de que estas no tributen de acuerdo al principio del devengado (regla general) sino de acuerdo a los Métodos especiales, y en ese sentido pueden diferir el pago del impuesto.
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