La empresa Revista Contable MISHA EIRL se dedica a vender accesorios de computadoras. El día 11 de setiembre de 2023 efectúa una venta por el monto de S/ 4,900 al señor Jesus Carrasco para su negocio y le entrega una factura por dicho monto, emitido por la empresa Noticiero Contable S.A.C (que colabora en la operación simulada). El mismo día el comprador, que desconocía que la factura no le correspondía al vendedor, efectuó el pago mediante transferencia de fondos a la cuenta de la empresa Revista Contable MISHA EIRL.
Preguntas:
a) ¿Se trata de una operación no real para efectos del IGV? ¿De qué tipo?
Se trata de una operación no real, según el supuesto señalado en el inciso b) del artículo 44° de la LIGV al haberse entregado a la compradora una factura que corresponde a una empresa distinta (empresa Noticiero Contable S.A.C), ocultándose la identidad del verdadero vendedor Revista Contable MISHA EIRL.
b) ¿Cuáles serían las consecuencias?
La empresa Noticiero Contable S.A.C se encontrará obligada al pago del IGV señalado en la factura, y el comprador Sr. Jesus Carrasco no podría utilizar como crédito fiscal el IGV consignado en dicho comprobante de pago.
c) ¿La compradora podría utilizar excepcionalmente el crédito fiscal?
Respecto al pago efectuado mediante transferencia de fondos, dado que se ha efectuado a la cuenta corriente de la empresa Revista Contable MISHA EIRL, no podría salvar el uso del crédito fiscal, si hubiera podido si la transferencia se realizaba a la cuenta corriente de la empresa emisora Noticiero Contable S.A.C.
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