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Carta Inductiva SUNAT tiene multa

Publicado por Miguel Torres el 8 de enero de 2024 2 comentarios

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Miguel ¿Las cartas inductivas SUNAT tienen multa?

Depende, si lo que indica la arta inductiva conlleva que realices una rectificación de las declaraciones determinativas y se obtenga un tributo por pagar u omisión de haber realizado alguna obligación tributaria y este conlleve el pago de un tributo no realizado, si origina el pago de una multa.

Cartas Inductivas Cuarta Categoría

Me han notificado con una Carta Inductiva de SUNAT en donde mencionan que no se ha retenido el 8% de un Recibo por Honorario, ya que no cuentan con suspensión de renta de cuarta.

¿Cuánto es la multa en caso no lo paguen?

Según el artículo 74 de la Ley del Impuesto a la Renta, si el importe pagado a un trabajador independiente es igual o superior a S/1 500.00, deberá efectuar una retención del 8% sobre los importes pagados.

¿A partir de qué monto se paga renta de cuarta categoría?

En ese sentido, no realizar la retención, se incurre en la infracción del numeral 13 del artículo 177 del Código tributario, cuya sanción es el 50% del tributo no retenido, que no puede ser menor al 5% de la UIT.

Gradualidad

La gradualidad será del  90% o 80%, pero debes cumplir previamente con el pago del tributo más los intereses correspondientes.

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2 comentarios

  1. luis dice

    5 de febrero de 2025 a las 10:42 am

    como asi miguel? en este caso si mi trabajador me giro su RH por 2000.00 y no le retuve me llego la carta inductiva no solo corresponderia pagar la multa por no retenerle aplicando la gradualidad del 90 o 80%, y ya no el tributo no retenido

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de febrero de 2025 a las 4:37 pm

      Es correcto, solo multa por no aplicar la retención.

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