Alerta Tributaria
El 31 de diciembre llega a su fin la tasa de 6.5% de restitución de Derechos Arancelarios (drawback), retornando desde el primero de enero de 2011 al 5%.
Así, los productores exportadores que opten por acogerse a la tasa establecida para el segundo semestre presente año, deberán de solicitar a sus agentes de aduana sus declaraciones de exportación debidamente regularizadas, para que Sunat Aduanas realice la aceptación respectiva.
El especialista en drawback Oscar Miranda, representante del Centro de Asesoría en Comercio Exterior y Formación Aduanera (CACEFA), indicó que las solicitudes deben presentarse lo más pronto posible porque la entidad recaudadora “toma en cuenta el criterio de solicitud presentada y aceptada para cada caso”.
“Significa que no basta con presentar la solicitud antes del 31 de diciembre, explicó, sino que ésta haya sido procesada y aceptada. En ese sentido, se reitera la sugerencia de presentarla por lo menos con una anticipación de cinco días considerando los feriados de fin de año”.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) con la finalidad de afrontar la crisis económica mundial y dar un mayor estimulo a las empresas decidió incrementar la tasa de Restitución de Derechos Arancelarios a 8% durante el ejercicio 2009, para luego regresar a su nivel original de 5%.
Posteriormente, se optó por prorrogar la tasa de 8% durante el primer semestre del ejercicio 2010 y mantenerla en 6.5% durante el segundo semestre, siempre teniendo como fin que las empresas puedan recuperarse de los estragos la crisis económica mundial, lo cual significó un alivio para el sector productor exportador.
Es así que, desde julio de 2010 hasta fines de diciembre de 2010, la tasa de restitución se redujo a 6.5%, comenzando el ejercicio 2011 nuevamente con la tasa de 5%. Hasta el momento no se puede apreciar una intención por parte del Gobierno de prorrogar la tasa de 6.5%.
Diario Oficial El Peruano (14.12.2010), Sección Derecho, Pág. 14
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