Madres tendrán hasta 15 años para reclamar derechos derivados de esas acciones legales.
El Congreso de la República publicó hoy en el Diario Oficial El Peruano la ley que amplía de 2 a 15 años el plazo de prescripción para reclamar derechos derivados de juicios por alimentos, a fin de proteger el derecho de los menores a recibir una manutención de sus padres.
La Ley N° 30179 modifica el inciso 4 y adiciona el inciso 5 al artículo 2001 del Código Civil.
Al modificarse el inciso 4 se establece que los plazos de prescripción prescriben, salvo disposición diversa de la ley, a los dos años la acción de anulabilidad, la acción revocatoria, la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual y la que corresponda contra los representantes de incapaces derivadas del ejercicio del cargo.
Asimismo, se adiciona el inciso 5, disponiéndose que el plazo de prescripción culmine a los quince años, cuando la acción proviene de pensión alimenticia.
La norma lleva la rúbrica del presidente del Congreso, Freddy Otárola Peñaranda; y del vicepresidente del Parlamento, Luis Iberico Núñez.
Diario Peru21 (06/04/2014)
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