Amplían los plazos previstos en la resolución de superintendencia N° 019-2012/SUNAT para el uso de sistemas informáticos y para la presentación del formulario N° 845
Como recordaremos, a través de la Resolución de Superintendencia N° 019-2012 se autorizó hasta el 30 de junio de 2013 el uso de sistemas informáticos para la emisión de tickets, incluso de aquellos aplicativos informáticos que hubieren sido declarados como máquinas registradoras. Asimismo, se estableció que la citada autorización surtirá efecto siempre que hasta el 31 de diciembre de 2012 los usuarios de tales sistemas presenten el Formulario N° 845 ante los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT o a través de SUNAT Operaciones en Línea.
Ahora bien, la SUNAT ha considerado conveniente ampliar los plazos para el uso de los aludidos sistemas informáticos, por lo cual a través de la Resolución de Superintendencia Nº 306-2012/SUNAT (28.12.2012) se amplía hasta el 31 de diciembre de 2014 y hasta el 30 de junio de 2014 los plazos previstos en la Resolución de Superintendencia N° 019-2012/SUNAT, para el uso de sistemas informáticos y para la presentación del Formulario N° 845, respectivamente.
La presente resolución entrará en vigencia el día 29.12.2012.
Resolución N° 306-2012/SUNAT
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