Aprueban el Formulario Virtual N° 616 – Simplificado trabajadores independientes para la declaración y el pago a cuenta mensual a través de SUNAT Virtual de los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría
Con fecha 29.06.2011, se ha publicado la Resolución de Superintendencia Nº 174-2011/SUNAT, la cual aprueba el Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes, el cual estará a disposición en SUNAT Virtual a partir del 1 de Julio de 2011.
El Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes podrá ser utilizado, de manera opcional, por el sujeto perceptor de rentas de cuarta categoría que cuente con Código de Usuario y Clave SOL, siempre que:
a) De estar obligado a utilizar el PDT Trabajadores Independientes, no necesita consignar información en alguna de las siguientes casillas del citado PDT: Saldo a favor del período anterior (Casilla 344), Compensación – Saldo a favor del exportador (Casilla 346) y otros créditos permitidos por Ley (Casilla 347). En el caso que utilice el Formulario preimpreso Nº 116, no necesite consignar información en la casilla 344 “Saldo a favor del período anterior”.
b) Deba utilizar el Sistema de Emisión Electrónica por el período a declarar.
c) De no encontrarse afiliado al Sistema de Emisión Electrónica por el período a declarar, al ingresar las rentas percibidas no necesite emplear más de diez (10) filas del rubro “Detalle de comprobantes de pago” del Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes para informar los recibos por honorarios y las notas de crédito emitidas así como los ingresos percibidos por las funciones de directores de empresas, albaceas, síndicos, gestores de negocios, mandatarios y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.
d) La presentación de las declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias mediante SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual Nº 616 – Simplificado Trabajadores Independientes, no obliga al sujeto perceptor de rentas de cuarta categoría a utilizarlo en otras oportunidades.
Dentro de las Disposiciones Complementarias y Modificatorias de la presente norma, se dispone lo siguiente:
a) Modificatoria de la Resolución de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT y normas modificatorias: Sustitúyase el inciso c) del artículo 3º y el inciso b) del artículo 8º..
b) Modificatoria de la Resolución de Superintendencia Nº 012-2011/SUNAT: Sustitúyase en inciso d) del numeral 7.1 del artículo 7º.
carmen de la cruz harvey dice
PORFA MIGUEL ME PODRIAS DECIR SI HARAS ALGUNA VEZ ALGUN CURSO SOBRE MANEJO DE SUSTEMAS DE CONTABILIDAD COMO CONCAR Y SISCOM …HORARIOS Y COSTOS ….PARA IR JUNTANDO 🙂 ..GRACIAS
Miguel Torres dice
A partir del mes de octubre te puedes comunicar al 4223984
Mario Raúl Cevallos Valencia dice
Solicito autorización para utilizar formulario virtual de honorarios profesionales
Miguel Torres dice
Dicho procedimiento se hace por medio de clave sol.
liz dice
quiero saber de que manera debo proceder soy trabajador independiente emito recibos por honorarios a una empresa para mis pagos por servicios , pero se que existe la exhoneracion en caso no supere al año los 31 mil soles la presente y la tengo vigente. debo registrar mis recibos emitidos ???? debo registrarlos o no???
Miguel Torres dice
Debes realizar tu exoneración de suspensión de 4ta categoría, dicho procedimiento se hace mediante la clave sol.