Facilitan pago de aportes para jubilación minera
Institución modifica también los formularios del PDT Planilla Electrónica
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) aprobó las normas para la declaración y pago de los aportes al fondo complementario de jubilación minera, metalúrgica y siderúrgica, mediante la RS Nº 138-2012-Sunat.
La norma, de esa manera, desarrolla la Ley Nº 29741, que creó el fondo complementario constituido por el aporte del 0.5% de la renta anual de las empresas mineras, metalúrgicas y siderúrgicas antes del impuesto, y con el aporte del 0.5% de la remuneración bruta mensual de cada trabajador. Según la Sunat, estas normas se aplicarán a todos los empleadores obligados a retener el aporte de los citados trabajadores. Aclara que si bien la obligación de retención debe ser cumplida a partir del período mayo de 2012, mediante RS Nº 124-2012-Sunat se prorrogó el plazo para el pago de dichas retenciones hasta las fechas de vencimiento correspondiente al período junio de 2012.
Al respecto, el laboralista del Estudio Benites, Forno & Ugaz Abogados Jorge Luis Acevedo Mercado detalló que el sujeto obligado a retener declarará los montos retenidos mediante el PDT Planilla Electrónica-PLAME. Mientras que si el sujeto obligado aún no utiliza dicho formato por encontrarse en etapa de uso opcional, empleará el PDT Planilla Electrónica.
Diario El Peruano (27/06/2012)
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