Sunat. Para determinación y control de estas acreencias
Trámites serán atendidos por obligados y agentes de comercio exterior
El nuevo procedimiento para la determinación y el control de la deuda tributario-aduanera, los recargos y multas, establece las pautas por seguir en las dependencias de la Sunat para el cumplimiento de las obligaciones ante el Fisco, dijo el experto Ronald Vargas Saldaña.
Según la RA N.° 279-2012-Sunat, para efectos de este nuevo procedimiento, la deuda tributaria aduanera está constituida por los derechos arancelarios y demás tributos, así como multas e intereses, cuando corresponda.
Igualmente, el monto de la devolución por restitución indebida de derechos arancelarios, detalló el experto en derecho tributario.
Vargas Saldaña anotó que la norma fija también los documentos para la determinación de la deuda aduanera, como son la resolución de determinación, la resolución de multa y la liquidación de cobranza. El propósito es garantizar mayor transparencia en la fijación de estas obligaciones y facilitar el cumplimiento fiscal.
Diario Oficial El Peruano (13.06.2012)
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.