A través de la Resolución de Superintendencia N° 236-2013/SUNAT publicada hoy, jueves 1 de Agosto de 2013, la Administración Tributaria ha aprobado la versión 2.7 del PDT Impuesto Selectivo al Consumo, Formulario Virtual N° 615.
Esta nueva versión tiene su origen en las modificaciones introducidas por el Decretos Supremo N° 167-2013-EF que entre otros, modificó el literal D del Nuevo Apéndice IV de la Ley del IGV e ISC, rebajando el monto fijo del Sistema Específico para los líquidos alcohólicos que tengan grado alcohólico entre 0° y 6° de S/. 1.35 a S/. 1.25.
Cabe mencionar que esta nueva versión, estará a disposición de los contribuyentes a partir del 6 de Agosto de 2013, pudiéndose presentar a partir de esa fecha. Para tal efecto, se seguirán las siguientes reglas:
1. Para los períodos anteriores a Julio 2013, los sujetos obligados a presentar el PDT ISC, Formulario Virtual N° 615 podrán optar por presentar la versión 2.6 hasta el 31 de Agosto de 2013, incluso para la presentación de declaraciones rectificatorias.
2. En el caso del período Julio 2013, los sujetos obligados a presentar el referido PDT se sujetarán a las siguientes reglas:
- Si no ha realizado operaciones gravadas con el ISC respecto de los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales señaladas en el Decreto Supremo N° 167-2013/SUNAT, podrán optar por utilizar la versión 2.6 hasta el 31 de Agosto de 2013, vencido ese plaxo deberán utilizar la versión 2.7.
- Si han realizado las operaciones indicadas en el literal anterior, deberán utilizar la versión 2.7.
3. A partir del período Agosto de 2013, los sujetos obligados a presentar el PDT ISC, deberán utilizar la nueva versión.
4. Finalmente, a partir del 1 de setiembre de 2013, el uso de la versión 2.7 del PDT ISC, es obligatoria en todos los casos.
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.