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Atraso de Libros Electrónicos Anuales 2023

Publicado por Miguel Torres el 1 de marzo de 2023 2 comentarios

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¿Cuándo vence el plazo de anotación de lis libros electrónicos anuales?

Este 03 de abril del 2023, vence el plazo de vencimiento para la presentación de los libros y/o registros electrónicos de vencimiento anual.

¿Cuáles son esos libros?

Son tres:

  • Libro de Inventarios y Balance
  • Registro de Costos
  • Registro de Activos Fijos

¿Quiénes están obligados a realizar la anotación de estos libros y/o registros electrónicos?

En principio, aquellos que, voluntariamente, anoten estos libros y/o registros en formato electrónico. Por ejemplo, una empresa que lleva contabilidad completa en formato electrónico.

También, están obligados las empresas designadas como PRICOS de la entidad nacional y que además obtuvo ingresos brutos iguales o mayores a 300 UIT en el ejercicio anterior.

Atraso de Libros Electrónicos Anuales 

¿Cuál sería la infracción si no se realiza la anotación de libros y/o registros en la fecha oportuna?

La inflación está tipificada en el inciso 10 del artículo 175 del Código Tributario, cuya multa equivale a 0.6% de los ingresos netos. Adicionalmente, esta multa no podrá ser menor de 10% UIT ni mayor a 25 UIT.

Finalmente, debemos tener mucho cuidado con el llenado de estos libros y/o registros, debido a que si cometemos un error en la anotación, realizar la corrección de estos es muy complicado, en principio, porque tendrás que esperar un año para hacerlo, y segundo, porque ciertos sub libros no están preparados para estos como lo son del Libro Inventario y Balances.

Conclusión

  1. El 03 de abril del 2023, vence el plazo para la anotación de los libros y/o registros de vencimiento anual.

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2 comentarios

  1. Maricela dice

    1 de marzo de 2023 a las 11:44 am

    Para las empresas que llevan estos Libros en hojas legalizadas, el plazo sería para empastarlos.

    Los PRICOS están obligados a llevar y declarar estos libros anuales de manera electrónica?

    Responder
  2. Marco dice

    1 de marzo de 2023 a las 10:14 am

    Hola Miguel La facultad discrecional sigue vigente?

    Responder

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